29 Jun

¿Qué es un Título de Crédito?

Son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna y que están destinados a circular. 


En un Título de Crédito. ¿Qué es la incorporación? 

Se necesita estar en posesión del documento y este principio tiene diversas aplicaciones en la ley: para ejercitar el derecho se necesita exhibir el título;
Cuando es pagado, debe restituirse; la transmisión del título implica la transmisión del derecho; la reivindicación de las mercancías representadas por títulos de crédito sólo puede hacerse mediante la reivindicación de estos. 


En un Título de Crédito ¿Qué es la literalidad? 

El deudor se obliga en los términos del documento, es decir, las palabras escritas en el título fijan el alcance, contenido y modalidades de la obligación. 


En un Título de Crédito ¿Qué es la Autonomía? 

En cuanto cada uno de lo tenedores del documento tiene un derecho propio, el deudor no puede oponer al último tenedor las excepciones que pueda tener contra los poseedores anteriores. 


¿Qué es la circulación en los Títulos de Crédito? 

Transmitirse de una persona a otra, la ley considera que no son títulos de crédito los documentos que no están destinados a circular, excepcionalmente se ponen trabas ya sea por disposición legal o en virtud del suscriptor del título. 

En un Título de Crédito ¿Qué es la legitimación? 

Los títulos de crédito están sujetos a reglas diversas para su circulación según sean al portador, a la orden o no negociables. El tenedor de título que lo adquiere sujetándose a las reglas que norman su circulación puede ejercitar el derecho, y el deudor se libera pagándole a ese tenedor legítimo. 

Atendiendo a su contenido ¿Cómo se clasifican los Títulos de Crédito? 

Por su contenido: 

  • Títulos que dan derecho a una suma de dinero 

  • Títulos que dan derecho a cosas muebles diversas del dinero 

  • Títulos sociales que atribuyen a su tenedor la calidad de socio 


Según la persona que los emita: ¿Cómo se clasifican los Títulos de Crédito? 

Nacíón, los Estados o Municipios, se habla de títulos de deuda pública ( los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES), los Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal (BONDES), los Petrobonos,etc).


Según su forma de emisión ¿Cómo se clasifican los Títulos de Crédito? Y ponga ejemplos. 

Forma singular = el cheque, pagaré, la letra de cambio 

En serie o en masa= las acciones, las obligaciones, los bonos de deuda pública 


Según su forma de circulación ¿Cómo se clasifican los Títulos de Crédito? 

  • Portador 

  • Títulos al portador 


En los Títulos de Crédito ¿Qué es la capacidad? 

Acción de emitir o suscribir títulos de crédito, salvo los casos en que se requiere concesión o autorización especial. 


Defina que es Títulos al portador 

Son títulos que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula al portador. 


Diga ¿Qué es un Títulos Nominativo? 

Los expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto mismo del documento. 

¿Qué es un Título Nominativo a la orden? 

Se puede ejercitarse por la persona a cuyo favor se expide el título o por la persona a quien ella ordene en virtud de un endoso, estos es a la orden y la cláusula “a la orden” puede figurar expresa en el título o estar sobreentendida, estas se transmiten por endoso y entrega del título mismo. 


¿Qué es un Título Nominativo No a la Orden? 

Aquellos que en su texto llevan insertas las cláusulas “no a la orden” o “no negociable” y sólo la persona designada en el documento puede ejercitar el derecho; si esa persona quiere transmitir el título, sólo puede hacerlo en la forma y con los efectos de una cesión ordinaria. 


¿Qué es el endoso? 

El medio de transmitir los títulos a la orden. 


 Señale las tres clases de endoso 

  • Endoso en propiedad 

  • Endoso en procuración o al cobro 

  • Endoso en garantía o en prenda 


¿Qué es el endoso en propiedad? 

Transfiere la propiedad del título y todos los derechos a él inherentes, este no obliga solidariamente al endosante, salvo los casos en que la ley establece la solidaridad. Ejemplo: letra de cambio, pagaré y cheque la ley. 


¿Qué es el endoso en procuración? 

Este no transmite la propiedad del título sino que sólo atribuye al endosatario los derechos y obligaciones de un mandatario; en consecuencia, el endosatario puede protestar. Los obligados sólo pueden oponer al endosatario en procuración las excepciones que tendrían contra el endosante. 


¿Qué es el endoso en garantía o en prenda? 

Atribuye al endosatario los derechos y obligaciones de un acreedor prendario respecto al título y derechos inherentes a éste. Comprendiendo las facultades que confiere el endoso en procuración, los obligados no pueden oponer al endosatario en garantía las excepciones personales que tengan contra el endosante.


Señale 4 formas diversas como se puede transmitir un título de crédito aparte del endoso.

  1. La cesión

  2. Herencia

  3. Adjudicación en remate

  4. Por dación en pago en juicio de quiebra


Señale los dos caminos que puede seguir una persona que pierde un título a la orden.

  1. Reivindicar el título 

  2. Pedir la cancelación del título así como su pago, reposición o restitución


Defina ¿Qué es una letra de cambio?

Es un título de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada girador da a otra llamada girado, de pagar una suma de dinero a un tercero llamado beneficiario, en época y lugar determinado. 


Señale todos los requisitos que debe contener una letra de cambio.

-Mención de ser letra de cambio inserta en el texto del documento 

-Expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe

-Orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero

-Nombre del girado

-Lugar y la época de pago

-Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago

-Firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre


¿Cuáles son las obligaciones del girador en una letra de cambio?

El girador es responsable de la aceptación y del pago de la letra, y toda la cláusula que lo exima de esta responsabilidad se tiene por no escrita.


¿Qué es la aceptación en una letra de cambio?

Acto por el cual el girado se compromete a pagar la letra de cambio girada a su cargo; una vez que el girado acepta, toma el nombre de aceptante y se convierte en el principal obligado al pago del título.


¿Qué son los recomendatarios en una letra de cambio?

Son las personas cuyos nombres se hacen constar en la letra de cambio para que se les exija la aceptación y pago de la misma, o solamente el pago, en defecto del girado. 


 ¿Qué es el aval en una letra de cambio?

Persona a la que se la garantiza en todo o en parte el pago de la letra de cambio en caso de que la persona obligada a pagar no pueda hacerlo.


¿Qué es el protesto en una letra de cambio?

Es el acto solemne que tiene por objeto comprobar auténticamente que la letra fue presentada en tiempo y que el obligado dejó de aceptarla o pagarla total o parcialmente. 


¿Qué es una letra documentaría?

Letras de cambio que van acompañadas de documentos representativos de mercancías, los cuales se entregan al girado previa la aceptación o pago de la letra. 


¿Qué es la acción cambiaría?

Es el derecho que tiene el tenedor de una letra de cambio para exigir a los obligados el pago del importe de la letra y de los accesorios legales. 


¿Qué es la prescripción en una letra de cambio?

Es un medio de librarse de obligaciones mediante el transcurso de cierto tiempo  en que no se exige el cumplimiento de aquellas. 


¿Qué es la caducidad en una letra de cambio?

Consiste en la pérdida de la acción cambiaría de regreso por no haberse realizado oportunamente determinados actos positivos exigidos por la ley. 


¿Qué es el pagaré?

Título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la orden del tomador. 


 Señale los requisitos que debe contener un pagaré

-Mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento

-Promesa incondicional de pagar una suma de dinero

-Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago

-Época y lugar del pago

-Fecha y lugar en que se suscribe el documento 


¿Cuál es la naturaleza del cheque?

Se caracteriza por ser un instrumento de pago y de compensación. Tiene por objeto retirar en forma inmediata fondos disponibles que se encuentran depositados en una institución.


   Definición de cheque 

El cheque es un título de crédito en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito que es el librado, el pago de una suma de dinero en favor de la tercera persona llamada beneficiario. 


  Señale los requisitos que debe contener el cheque 

Mención de ser cheque inserta en el texto del documento

Lugar y fecha en que se expide

Orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero

Nombre del librado

Lugar de pago

Firma del librador


¿Cuál es la responsabilidad del librador en un cheque?

El librador es el principal responsable del pago del cheque y la ley no le permite estipular lo contrario. 

El librador de un cheque que se presenta en tiempo y que no se pague por causa imputable al propio librador, es responsable de los daños y perjuicios que sufra el temedor, la indemnización de este tiene derecho a recibir no puede ser menor del veinte por ciento del valor del cheque. Si el cheque no se paga por no tener el librador fondos disponibles al expedirlo, por haber dispuesto de los fondos que tuviere antes de que transcurra el plazo de presentación o por no tener autorización para expedir cheques a cargo del librado, el librador comete el delito de fraude e incurre a una pena respectiva, independientemente de la indemnización que debe cubrir al tenedor. 


¿Cuál es la responsabilidad del librado en un cheque?

La institución de crédito que autorice a una persona para expedir cheques está obligada a cubrirlos hasta que el importe delas sumas que tenga a disposición del librador, a no ser que haya disposición legal expresa que lo libere de esa obligación.  


¿QUÉ ES EL CHEQUE CRUZADO Y PARA QUE SE USA?

Es el cheque que el librador o el tenedor cruzan con dos líneas paralelas trazadas en el anverso  solo puede ser cobrado por una institución de crédito. El cruzamiento puede ser general o especial: es general si entre las líneas paralelas no aparece el nombre de la institución que debe cobrarlo, y es especial si entre las líneas se consigna el nombre de una institución determinada. 


¿QUÉ ES EL CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA?

El librador o el tenedor pueden inscribir en el cheque la cláusula “para abono en cuenta”, a fin de prohibir su pago en efectivo. Este cheque sólo puede pagarse por el librado, abonando el importe del cheque en la cuenta que lleve o abra al tenedor. El cheque no es negociable a partir de la inserción de la cláusula mencionada. El librado que pague en otra forma es responsable del pago hecho irregularmente. 


¿QUÉ ES EL CHEQUE CERTIFICADO Y PARA QUE SE USA?

El cheque en que el librado declara que existen en su poder fondos bastantes para pagarlo. El librado está obligado a hacer la certificación, cuando lo solicite el librador antes de la emisión del cheque. La certificación no puede ser parcial, ni extenderse en cheques al portador. El cheque certificado no es negociable. La certificación produce los mismos efectos que la aceptación en la letra de cambio. En el cheque ordinario, el librado no tiene ninguna obligación frente al tenedor; pero si se certifica el cheque, queda obligado al pago como el aceptante en la letra. 


¿QUÉ ES EL CHEQUE DE CAJA?

Los cheques que las instituciones de crédito expiden a cargo de sus propias dependencias se llaman cheques de caj. Estos cheques deben se ser nominativos y no negociables y se expiden para pagar sueldos de empleados de la institución y toda clase de obligaciones, cuando no se quiere hacer el pago en efectivo. 


¿QUÉ ES EL CHEQUE DE VIAJERO?

Son los que expiden las instituciones de crédito a su  propio cargo y son pagaderos por su establecimiento principal o por las sucursales o los corresponsales que tengan en la República o en el extranjero. Los cheques de viajero pueden ser puestos en circulación por el librador o por sucursales o corresponsales autorizados. 


EN DERECHO MERCANTIL, ¿QUÉ SON LAS OBLIGACIONES?

Las obligaciones son títulos de crédito que emiten las sociedades anónimas y que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad emisora. 


SEÑALE SEMEJANZAS ENTRE LAS ACCIONES Y LAS OBLIACIONES

Ambas son títulos de crédito y por tanto cosas mercantiles

La suscripción y transmisión de dichos títulos de crédito son operaciones de naturaleza mercantil 

Son bienes muebles por disposición de la ley 

Las acciones son muebles no obstante que a la sociedad pertenezcan algunos inmuebles y las obligaciones también lo son aun cuando estén garantizadas como hipoteca

Deben ser nominativas


SEÑALE DIFERENCIAS ENTRE LAS ACCIONES Y LAS OBLIGACIONES

Las acciones son emitidas tanto por sociedades anónimas como por sociedades en comandita por acciones; las obligaciones solo pueden ser por las primeras.

Las acciones pueden emitirse por cualquier valor, en tanto las obligaciones necesariamente deben ser emitidas en denominaciones de cien pesos o de sus múltiplos. 

La transmisión de acciones tiene que inscribirse en el registro que para ese efecto debe llevar la sociedad anónima, mientras que las obligaciones circulas por simple endoso y entrega del título mismo. 

Las acciones representan tanto dinero como otros viene muebles e inmuebles que son aportados a la sociedad, no así las obligaciones que siempre representan un crédito en dinero a cargo de la sociedad. 

La diferencia fundamental entre estos dos títulos de crédito consiste en que las acciones representan aportaciones hechas a la sociedad para constituir el capital social y las obligaciones representan un crédito a cargo de la sociedad.


¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS QUE DEBEN CONTENER LAS OBLIGACIONES?

I. La denominación, el objeto y el domicilio de la sociedad emisora. 

II. El importe del capital pagado de la sociedad emisora y el de su activo y de su pasivo, según el balance que se practique precisamente para efectuar la emisión. 

III. El importe de la emisión, con especificación del  número y del valor nominal de las obligaciones que se emitan, en denominaciones de cien pesos o de sus múltiplos. 

IV. El tipo de interés pactado.

V. El término señalado para el pago de interés y de capital y los plazos, condiciones y manera en que las obligaciones han de ser amortizadas. 

VI. El lugar de pago.

VII. La especificación, en su caso, de las garantías especiales que se constituyan para la emisión, con expresión de las inscripciones relativas en el Registro Público. 

VIII. El lugar y fecha de emisión, con especificación de la fecha y número de la inscripción relativa en el Registro de Comercio. 

IX. La firma de los administradores de la sociedad, autorizados al efecto. 

X. La firma del representante común de los obligacionistas. 

XI. El nombre, nacionalidad y domicilio del obligacionista. 


¿QUÉ ES EL REPRESENTANTE COMÚN DE LOS OBLIGACIONISTAS?

La persona que representa al conjunto de los tenedores de obligaciones. 

SEÑALE ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE COMÚN DE LOS OBLIGACIONISTAS

a)Que compruebe que la sociedad emisora ha recibido los fondos correspondientes o que se ha abierto a favor de ella. 

b)Que se le acredite debidamente la cancelación de los títulos, documentos, inscripciones o garantías relativos al crédito que ya existía a cargo de la sociedad emisora y en cuya sustitución se ha hecho la emisión. 

c)Que reciba los fondos producto de la emisión cuando esta se destine a la construcción o adquisición de bienes y se constituya depositario de aquellos hasta el momento de su inversión. 

¿QUÉ SON LAS OBLIGACIONES CONVERTIBLES?

Como un incentivo para la colocación de obligaciones, las sociedades anónimas emisoras pueden ofrecer a los obligacionistas la posibilidad de llegar a ser accionistas, mediante la conversión de las obligaciones en acciones.


¿QUÉ SON LAS OBLIGACIONES SUBORDINADAS?

Son títulos de crédito que emiten las sociedades anónimas. En caso de liquidación de la sociedad emisora, el pago de las obligaciones subordinadas se hace prorrata, después de cubrir todas las demás deudas de la sociedad, pero antes de repartir a los accionistas el haber social.


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