19 May
Contratos Mercantiles: Fundamentos y Aplicación
Contrato de Franquicia
Concepto
Es el contrato mediante el cual el franquiciante concede al franquiciatario el uso de una marca, además de transmitir conocimientos técnicos y asistencia técnica para producir, vender bienes o prestar servicios bajo métodos uniformes.
Fundamento legal
★ Artículo 245 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI).
- La franquicia debe otorgarse por escrito.
- Se transmite licencia de uso de marca.
- Debe existir asistencia técnica o transmisión de conocimientos.
- El franquiciatario debe operar conforme a métodos del titular de la marca.
- El franquiciante debe entregar información sobre el estado de su empresa al menos 30 días antes de firmar el contrato.
- Si la información es falsa, el franquiciatario puede demandar nulidad y daños y perjuicios.
Elementos de la Franquicia
Sujetos
- Franquiciante: Titular de la marca que autoriza la explotación de la franquicia.
- Franquiciatario: Persona que explota la marca y modelo de negocio.
Marca
Concepto: Signo distintivo que diferencia productos o servicios de otros de su misma especie.
Fundamento legal: ★ Artículo 171 de la LFPPI. Define la marca como todo signo perceptible por los sentidos, que debe poder representarse claramente y distinguir productos o servicios en el mercado.
Aviso Comercial
Concepto: Frases u oraciones que anuncian establecimientos, productos o servicios para distinguirlos.
Fundamento legal: ★ Artículo 201 de la LFPPI. El aviso comercial sirve para anunciar productos, servicios o negocios con finalidad distintiva frente a otros competidores.
Nombre Comercial
Concepto: Nombre que identifica una empresa o establecimiento.
Fundamento legal: ★ Artículo 206 de la LFPPI. El nombre comercial está protegido sin necesidad de registro, cubriendo la zona geográfica donde exista clientela efectiva o extendiéndose a toda la República cuando exista difusión nacional.
Requisitos del Contrato de Franquicia
Fundamento legal: ★ Artículo 246 de la LFPPI. El contrato debe constar por escrito y contener:
- Zona geográfica de operación.
- Ubicación y características de la infraestructura.
- Políticas de inventarios, publicidad y proveedores.
- Reglas sobre reembolsos y financiamientos.
- Métodos para determinar utilidades o comisiones.
- Capacitación técnica y operativa.
- Procedimientos de supervisión y evaluación.
- Condiciones para subfranquiciar.
- Causales de terminación.
- Supuestos de modificación del contrato.
Nota: El franquiciatario no está obligado a vender sus activos ni a transmitir acciones de su sociedad al terminar el contrato, salvo pacto contrario.
Obligaciones de las Partes
Del Franquiciante
- Informar previamente el estado de la empresa.
- Proporcionar conocimientos técnicos.
- Capacitar al personal del franquiciatario.
- Asesorar sobre expansión del negocio.
Del Franquiciatario
- Pagar contraprestaciones (cuota inicial y regalías).
- Seguir instrucciones operativas del franquiciante.
- Rendir cuentas conforme al contrato.
Tipos de Franquicia
Por su contenido
- Producto y marca: Se centra en la explotación de la marca y licencia para fabricar o vender productos.
- Formación y explotación de empresa: Incluye productos, servicios y modelo de negocio completo.
Por exclusividad y territorio
- Unitaria: Solo se explota una unidad (generalmente con exclusividad territorial).
- Plural: Permite abrir varios establecimientos.
- De opción: Posibilidad de abrir otra unidad mediante cuota adicional.
- De subcontratación: El franquiciatario puede subfranquiciar.
- De conversión: Negocios independientes se integran al sistema de franquicias.
Contrato de Asociación en Participación
Concepto: Contrato mediante el cual una persona concede a otra participación en utilidades y pérdidas de un negocio mercantil.
Características: Contrato nominado, de naturaleza mercantil, que no crea una nueva sociedad. Participan el asociante y el asociado.
Regulación: Artículos 252 al 259 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).
Reglas importantes
- Debe celebrarse por escrito y no requiere registro.
- El asociado puede aportar bienes, servicios o capital.
- El socio industrial participa en ganancias pero no soporta pérdidas.
Derechos y Obligaciones
- Del Asociante: Recibir aportaciones, realizar operaciones mercantiles, repartir utilidades y reembolsar aportaciones al liquidar.
- Del Asociado: Aportar bienes o servicios y recibir ganancias obtenidas.
Contrato de Joint Venture
Concepto: Acuerdo entre dos o más empresas para desarrollar un proyecto específico compartiendo recursos, capital, riesgos y beneficios, sin perder su independencia jurídica.

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