17 Jun
Conceptos Fundamentales de la Política
El concepto de política hace referencia al modo en que nos gobernamos y a la ciencia que estudia las formas de gobierno a lo largo de la historia.
La ideología política viene determinada por el modo de entender cómo deberían gobernarse los diferentes aspectos de la vida de un grupo humano.
En general, se habla de ideologías progresistas o conservadoras, de izquierdas o de derechas.
Los partidos políticos son los encargados de defender, de cara al resto de la sociedad, un determinado proyecto político.
Un Estado puede definirse como una comunidad social con una organización política común y un territorio y unos órganos de gobierno propios, que es soberana y políticamente independiente de otras comunidades.
Tipos de Estado
Estado Unitario
Uniformidad en cuanto a población, territorio y gobierno. Ejercicio del poder desde una administración central.
Estado Federal
Estado integrado por un conjunto de antiguos Estados soberanos (con un poder independiente) que dejan de serlo para formar uno nuevo. La soberanía reside en un nuevo Estado, si bien los Estados miembros de la federación mantienen amplias áreas de soberanía.
Estado Confederal
Estados soberanos unidos en torno a unos objetivos comunes (política exterior o defensa). El pacto no da lugar al nacimiento de un nuevo Estado, por lo que la separación de un miembro es posible.
Funciones del Estado
- Garantizar la Seguridad Nacional: El Estado debe mantener el orden público dentro de su territorio y protegerlo, así como a su población, de agresiones externas.
- Regular la Economía y las Relaciones Laborales: El Estado establece normas que regulan las actividades económicas y desarrolla políticas para procurar el crecimiento económico.
- Proporcionar Servicios Básicos: El Estado presta servicios básicos a sus habitantes que garanticen a la población el bienestar y la oportunidad de desarrollarse plenamente.
- Establecer Relaciones con Otros Estados: El Estado establece, mediante embajadas y la diplomacia, las relaciones con otros Estados. También participa en organizaciones internacionales y firma tratados.
Regímenes Políticos Democráticos: Rasgos Comunes
- Principio de soberanía popular o nacional: La propia comunidad se dota a sí misma del tipo de gobierno que desea.
- Principio de representatividad: El Parlamento y el Gobierno (elegidos democráticamente) representan al pueblo que los ha elegido y pueden tomar decisiones en su nombre.
- Elecciones libres: El voto es un derecho de todos los ciudadanos y ha de ser libre y secreto.
- Importancia de los partidos políticos: Organizaciones basadas en ideologías que representan a diferentes sectores de la población y poseen un programa de gobierno.
- Defensa y respeto de los derechos y libertades individuales y colectivas: Recogidos en la Constitución.
- Separación de poderes: El ejecutivo (Gobierno), legislativo (Parlamento) y judicial (Tribunales de Justicia) deben ser independientes y no interferir unos con otros en el ejercicio de sus funciones.
Formas de Estado: Según la Jefatura del Estado
Monarquías
- Autoritarias: El rey ejerce funciones de gobierno (Arabia Saudí, Qatar…).
- Constitucional: El rey gobierna con la ayuda de otras instituciones reguladas por una Constitución (Marruecos, Jordania…).
- Parlamentarias: El Rey ocupa una función de Jefe de Estado, normalmente solo con funciones representativas y simbólicas (España, Reino Unido, Bélgica, Países Bajos, Suecia, Noruega…).
- Electivas: Un grupo de personas elige al sucesor cuando el Jefe del Estado muere o renuncia (Vaticano).
Repúblicas
- Presidencialistas: El Jefe del Estado y del Gobierno son la misma persona.
- Semipresidencialistas: Hay un Jefe del Estado y un Jefe del Gobierno que son elegidos separadamente.
Teocracias
- El gobierno lo ejercen los principales líderes religiosos (Irán).
Separación de Poderes
En política se distinguen, dentro del Estado, tres poderes. La relación existente entre ellos define diferentes tipos de régimen político y de modelos de Estado. Lo ideal es que exista una clara separación y equilibrio entre ellos como modo de garantizar un auténtico modelo democrático.
Poder Ejecutivo
Gobierno. Ejecuta las leyes. El presidente o primer ministro nombra a los ministros miembros del gabinete. Elabora los presupuestos.
Poder Legislativo
Parlamento. Elabora las leyes. Controla la acción del gobierno. Aprueba los presupuestos.
Poder Judicial
Jueces y tribunales de justicia. Deben ser independientes e imparciales. Su función es interpretar y asegurar el cumplimiento de la ley, castigando a los infractores.
La Constitución Española de 1978
La Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico español, a la que están sujetos todos los poderes públicos y ciudadanos de España. Fue aprobada en referéndum el 6 de diciembre de 1978 y entró en vigor el 29 de diciembre del mismo año.
Características
- Es una Constitución extensa, contiene 169 artículos, además de nueve disposiciones transitorias, cuatro adicionales, una derogatoria y una final.
- Es una Constitución rígida. Realizar cambios requiere un proceso largo y complejo.
Principios y Valores de la Constitución Española de 1978
La Constitución de 1978 fue redactada por consenso entre los principales partidos políticos y aprobada en referéndum el 6 de diciembre de 1978.
- España se define como un Estado social y democrático de derecho.
- La soberanía nacional reside en el pueblo español que elige a sus representantes mediante sufragio universal en elecciones libres.
- La forma de Estado es la monarquía parlamentaria. El Rey es Jefe del Estado y el Presidente del Gobierno es el Jefe de Gobierno.
- Se establece una separación de poderes: las Cortes Generales (legislativo), formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado; el Gobierno (ejecutivo); y los jueces y magistrados (judicial).
- Se reconocen derechos y libertades.
- Se afirma la unidad del Estado español, pero se contempla la creación de comunidades autónomas.
- El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo velan por los derechos y el respeto a la Constitución.
Las Instituciones Andaluzas
El Estatuto de Autonomía de Andalucía fue modificado en 2006. En él se establecen las siguientes instituciones:
- Parlamento de Andalucía: Representa al pueblo andaluz. Está formado por 109 diputados/as elegidos por sufragio universal. Ejerce el poder legislativo, controla al Consejo de Gobierno y nombra al Presidente de la Junta.
- Presidencia de la Junta: Es elegido por el Parlamento. Dirige el Consejo de Gobierno y nombra a sus componentes.
- Consejo de Gobierno: Ejerce el poder ejecutivo. Está formado por el Presidente/a de la Junta y los consejeros, que se ocupan de las diversas áreas de gobierno en las que la Junta tiene competencias.
Otras instituciones andaluzas
- Tribunal Superior de Justicia: Es el máximo órgano de la administración de Justicia en Andalucía. Su sede está en Granada.
- Defensor del Pueblo Andaluz: Defiende los derechos de la población en conflictos con la Administración pública.
- El Consejo Económico y Social: Es un órgano asesor del Gobierno andaluz para temas económicos y sociales.
Organización Territorial del Estado Español
El Título VIII de la Constitución establece la organización territorial del Estado.
La Constitución reconoce la existencia de nacionalidades dentro de la indisoluble unidad de España.
Municipio
Es la unidad territorial y administrativa más pequeña. Engloba uno o varios núcleos de población. Su órgano de gobierno es el Ayuntamiento, integrado por los concejales y un alcalde.
Provincia
Engloba varios municipios. En ella residen los órganos de gobierno provinciales y también los representantes del Gobierno del Estado y de la Comunidad Autónoma. Se gestiona mediante una diputación provincial compuesta por concejales de los ayuntamientos que la integran.
Comunidad Autónoma
Engloban una o más provincias con características históricas, culturales y económicas comunes e instituciones propias y autónomas de gobierno. Hay 17, más dos ciudades autónomas. Pueden asumir competencias sobre diversas materias como sanidad, educación, agricultura o cultura que son cedidas por el Estado.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU)
Es el organismo internacional más importante. Engloba a todos los países soberanos del mundo. Fue creada en 1945, tras la Segunda Guerra Mundial.
La sede principal está en Nueva York, aunque hay otros organismos cuyas sedes están repartidas por todo el mundo.
Funciones de la ONU
- Mantenimiento de la paz mundial.
- Defensa de los derechos humanos.
- Asistencia y ayuda humanitaria en caso de conflicto bélico o catástrofe natural.
- Contribución al desarrollo humano en todas sus facetas.
Órganos Principales de las Naciones Unidas
- Secretaría: El más alto funcionario administrativo de la ONU. Duración del mandato: 5 años.
- Consejo de Seguridad: Se dedica a «garantizar la paz y seguridad mundial».
- Asamblea General: Principal órgano representativo, deliberativo y de formulación de medidas de la ONU.
- Consejo Económico y Social: Coordina la labor económica y social de las Naciones Unidas.
- Consejo de Administración Fiduciaria: Supervisa el desarrollo de los territorios en fideicomiso (no autónomos).
- Corte Internacional de Justicia: Principal órgano judicial de las Naciones Unidas.
Los Poderes del Estado Español
El Poder Ejecutivo
El poder ejecutivo lo ejerce el Gobierno. Está formado por:
- Un Presidente.
- Uno o varios Vicepresidentes.
- Los Ministros (número variable).
El Presidente es nombrado por el Rey, pero necesita tener el apoyo del Congreso de los Diputados. Los Vicepresidentes y los Ministros son nombrados y cesados por el Presidente del Gobierno. Su función principal es la ejecutiva: impulso, dirección, evaluación y coordinación de la comunidad política. También puede aprobar reglamentos, presentar proyectos de ley al Parlamento y redactar normas con rango de ley (decreto-ley).
El Poder Legislativo
Lo ejercen las Cortes Generales, que están compuestas por dos cámaras:
- El Congreso de los Diputados: Formado por 350 diputados elegidos democráticamente cada 4 años. Su función principal es la de aprobar leyes y la de controlar la acción del gobierno. El Presidente del Gobierno y los Ministros deben ser miembros de esta Cámara.
- El Senado: Está formado por 265 senadores. Su elección es más compleja.
El Poder Judicial
Está formado por los Tribunales de Justicia y por los juzgados, integrados por jueces y magistrados. Lo dirige el Consejo General del Poder Judicial.
Según la Constitución, la justicia emana del pueblo y es ejercida en nombre del Rey. Garantiza el cumplimiento de la ley por parte de las instituciones y los ciudadanos.
La Constitución garantiza el respeto a los principios esenciales necesarios para el correcto funcionamiento del Poder Judicial; estos principios son la imparcialidad, la independencia, la inamovilidad de los jueces, la responsabilidad y la legalidad.
Principales Órganos Judiciales
- Tribunal Supremo
- Juzgados de primera instancia
- Audiencia Nacional
- Tribunal Superior de Justicia
- Audiencia Provincial
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