14 Sep

*Art.   Const.   1931*

CLASIFICACIÓN


Pues origen es una fuente primaria ya que se tratan documento original de la época esencial para el conocimiento de la ll República. Según su naturaleza es un texto de carácter jurídico ya que es una selección de artículos correspondientes de la Constitución de 1931, único texto constitucional republicano de España. Por su contenido estos artículos hacen alusión a diversos aspectos políticos. 
La Constitución fue promulgada el 9 de Diciembre de 1931. Históricamente es el momento en que se ha producido un cambio de régimen por la proclamación de la República en diversas capitales españolas. El autor es colectivo, en concreto juristas y diputados de las Cortes Constituyentes. El destinatario es público, el pueblo español. La finalidad del documento es ofrecer al país un marco constitucional que sea la referencia legal y política del mismo. 

ANÁLISIS


Los artículos seleccionados expresan principios básicos del nuevo régimen republicano democrático y progresista. 
En el art.1 es relativo a la definición del Estado la soberanía y nueva forma de la bandera. Está artículo abarca tres ideas: 
-España se define como una república democrática de trabajadores de toda clase. 
-se define la unidad de España, la República constituye un estado integral compatible con la autonomía de municipios y regiones. Se desecha el federalismo. 
-se establece el Himno de Riego y la bandera tricolor, roja amarilla y morada como nuevo símbolo del Estado español. 
El artículo 3 y 26 son relativos a la cuestión religiosa. Se proclama la libertad de culto. En el artículo 3 afirma que el Estado no tiene religión oficial y que establece la separación de Iglesia y Estado. También resultó especialmente polémico el artículo 26 que suprimía todo apoyo económico estatal a la Iglesia Católica y a las órdenes religiosas. 
el artículo 11 es relativo a la cuestión territorial donde se reconoce el derecho a la autonomía como forma de descentralización política y administrativa del Estado. 
El artículo 36 es relativo al procedimiento electoral. Las Cortes unicamerales se eligen por sufragio universal. La Constitución republicana reconoce por primera vez el voto de la mujer en condiciones de igualdad con el hombre, también pueden ser candidatas. Clara Campoamor defendíó el voto femenino y rectificada por sus compañeros de partido e incluso por socialistas. 
El artículo 67 y 68 son relativos al Poder Ejecutivo. El artículo 67 señala al presidente como jefe de Estado y máximo representante de la Nacíón. El artículo 68 indica versus elección corresponde a las cortes conjuntamente con un número de compromisarios, el mandato durará 6 años. 

CONTEXTO HISTÓRICO


Tras la caída de Primo de Rivera el rey intento retomar el sistema de restauración y encargo formar gobierno al general Dámaso Berenguer y después al almirante Aznar que convocó elecciones que se convirtieron en una votación a favor o en contra de la monarquía. 
Ante estos resultados el rey Alfonso XIIl decidíó irse al exilio y el 14 de Abril de 1931 se proclamó la República. Se formó un gobierno provisional presidido por Alcalá Zamora. Siguiendo lo acordado en el Pacto de San Sebastián el gobierno provisional convocó elecciones a Cortes Constituyentes y una coalición republicano socialista ganó las elecciones. 
El 9 de Diciembre de 1931 el presidente de las Cortes promulgó la constitución de la Segunda República Española. Está sin marca en el constitucionalismo europeo del periodo de entreguerras. En la parte orgánica se recoge el Tribunal de Garantías Constitucionales. *Carácterísticas. Define al Estado como una república de trabajadores de toda clase tren saltando así su voluntad popular: 
-la Constitución de 1931 y reflejaba por primera vez un sistema democrático y progresista.
-la modificación de los colores de la bandera. 
-la estructura del Estado era unitaria pero se reconoce el derecho de autonomía a las regiones. País Vasco aprobó un proyecto basado en los derechos forales y la defensa del catolicismo llamado el estatuto de Estella. En 1936 se aprobó el Estatuto consensuado entre socialistas republicanos y nacionalistas y fue nombrado primer lehendakari José Antonio Aguirre. Galicia iniciará el proyecto del Estatuto nunca llego a ser votado por las Cortes debido al estallido de la Guerra. 
-el presidente del Gobierno los ministros tienen el poder ejecutivo. 
-el Presidente de la República era elegido por un periodo de 6 años.
-reconocieron las libertades individuales y los derechos colectivos.
-encuentro artículo se recoge el sistema de economía social.
-la política religiosa de la República cuya redacción originó un fuerte debate parlamentario. Se establecía la separación entre Iglesia y Estado.
También se promulgaron leyes que aprueban el matrimonio civil y el divorcio. Está muestra de anticlericalismo provoco la primera crisis de gobierno el presidente del Gobierno provisional y el ministro presentan su dimisión. Alcalá Zamora ocupo la Presidencia de la República y Manuel Azaña la Presidencia del Gobierno. 

CONCLUSIÓN:


la Constitución de 1931 ha sido una de las más polémicas de nuestra historia. Pretendía solucionar los problemas de España aunque hay demasiados artículos que se remiten a futuras leyes. Esta Constitución establecíó un régimen democrático con el reconocimiento amplio de libertades políticas y derechos sociales. Por primera vez en España se aprueba el sufragio femenino. Fue un texto que no contó con un amplio consenso entre todos los partidos. 
Era la primera vez en la historia constitucional española que el Estado se separaba de la Iglesia. Esta Constitución nacíó en un contexto internacional complicado, es la época de la crisis de las democracias occidentales de la Gran Depresión y los grupos más conservadores desearán reformarla o eliminarla. La experiencia republicana tendría un trágico desenlace tras la sublevación del Ejército en 1936.

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