19 Oct

Definición y Control de la Calidad del Servicio Eléctrico

La calidad del servicio eléctrico se clasifica en cuatro categorías principales:

  • a) Calidad del Producto: Voltaje (V), Frecuencia (Frec), Perturbaciones (Flicker y Armónicas).
  • b) Calidad del Suministro: Interrupciones.
  • c) Calidad del Servicio Comercial: Trato al Cliente, Medios de Atención, Precisión de Medida.
  • d) Calidad del Alumbrado Público: Deficiencias del Alumbrado.

Control y Medición de la Calidad del Producto

El control de la Calidad del Producto se lleva a cabo en períodos mensuales, denominados «Períodos de Control».

El lapso mínimo de medición de un parámetro es de siete (7) días calendario continuos. A estos períodos se les denomina «Períodos de Medición».

Intervalos de Medición

Durante el Período de Medición, los valores instantáneos de los parámetros de la Calidad del Producto son medidos y promediados por intervalos de quince (15) minutos para el Voltaje y la Frecuencia, y diez (10) minutos para las perturbaciones. Estos períodos se denominan «Intervalos de Medición». En el caso de las variaciones instantáneas de frecuencia, los «Intervalos de Medición» son de un (1) minuto.

Las compensaciones se calculan en función de la potencia contratada o energía entregada al Cliente por su Suministrador en condiciones de mala calidad.

Calidad del Suministro: Interrupciones

Se toman en cuenta indicadores que miden el número de interrupciones del servicio eléctrico, la duración de las mismas y la energía no suministrada a consecuencia de ellas. El Período de Control de interrupciones es de seis (6) meses calendario de duración (semestre).

Causas y Exclusiones de Interrupciones

Las interrupciones son causadas, entre otras razones, por salidas de equipos de las instalaciones del Suministrador u otras instalaciones que lo alimentan, y que se producen por mantenimiento, por maniobras, por ampliaciones, etc., o aleatoriamente por mal funcionamiento o fallas, lo que incluye, consecuentemente, aquellas que hayan sido programadas oportunamente.

No se consideran las interrupciones totales de suministro cuya duración es menor de tres (3) minutos ni las relacionadas con casos de fuerza mayor debidamente comprobados y calificados como tales por la Autoridad.

Indicadores de la Calidad de Suministro

  1. Número Total de Interrupciones por Cliente por Semestre (N)

    N = Número de Interrupciones; (expresada en: interrupciones / semestre).

    El número de interrupciones programadas* por expansión o reforzamiento de redes que deben incluirse en el cálculo de este indicador, se ponderarán por un factor del cincuenta por ciento (50%).

  2. Duración Total Ponderada de Interrupciones por Cliente (D)

    D = ∑(Ki · di); (expresada en: horas).

    Donde:

    • di: Es la duración individual de la interrupción i.
    • Ki: Son factores de ponderación de la duración de las interrupciones por tipo:
      • Interrupciones programadas* por expansión o reforzamiento: Ki = 0.25
      • Interrupciones programadas* por mantenimiento: Ki = 0.50
      • Otras: Ki = 1.00

Las “Interrupciones programadas” se refieren exclusivamente a actividades de expansión o reforzamiento de redes; o, mantenimiento de redes, ambas programadas oportunamente, sustentadas ante la Autoridad y notificadas a los Clientes con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, señalando horas exactas de inicio y culminación de trabajos.

Tolerancias Máximas (Límites Semestrales)

a) Número de Interrupciones por Cliente (N’)

  • Clientes en Muy Alta y Alta Tensión (V): 2 Interrupciones/semestre.
  • Clientes en Media Tensión (V): 4 Interrupciones/semestre.
  • Clientes en Baja Tensión (V): 6 Interrupciones/semestre.

b) Duración Total Ponderada de Interrupciones por Cliente (D’)

  • Clientes en Muy Alta y Alta Tensión (V): 4 horas/semestre.
  • Clientes en Media Tensión (V): 7 horas/semestre.
  • Clientes en Baja Tensión: 10 horas/semestre.

Para el servicio urbano-rural y rural, se debe incrementar la tolerancia del Número de Interrupciones por Cliente (N’) en 50% y la tolerancia de la Duración Total Ponderada de Interrupciones por Cliente (D’) en 100% para el servicio urbano-rural y 250% para el servicio rural.

Cálculo de Compensaciones por Incumplimiento

Compensaciones por Interrupciones = e · E · ENS

Donde:

  • e: Es la compensación unitaria por incumplimiento en la Calidad de Suministro, cuyos valores son:
    • Primera Etapa: e = 0,00 US$/kW·h
    • Segunda Etapa: e = 0,05 US$/KW·h
    • Tercera Etapa: e = 0,35 US$/kW·h
  • E: Es el factor que toma en consideración la magnitud de los indicadores de calidad de suministro y está definido de la siguiente manera:

Fórmulas para el Factor E

Caso General:

E = [1 + (N – N’)/N’ + (D – D’)/D’]

Caso de Interrupción No Programada Superior a 34 Horas Continuas:

E = [1 + (N – N’)/N + (24 – D’)/D’ + 1/3 · (D – D’)/D’]

Cálculo de la Energía Teóricamente No Suministrada (ENS)

ENS: Es la Energía Teóricamente No Suministrada a un Cliente determinado y se calcula de la siguiente manera:

ENS = ERS / (NHS – ∑di) · D; (expresada en: kW·h)

Donde:

  • ERS: Es la energía registrada en el semestre.
  • NHS: Es el número de horas del semestre.
  • ∑di: Es la duración total real de las interrupciones ocurridas en el semestre.
  • D: Duración Total Ponderada de Interrupciones por Cliente.

Procedimientos Especiales de Medición

Para suministros con una antigüedad inferior a un semestre, la energía semestral será definida en función del consumo habido, proyectado para un periodo semestral. Para el caso de suministros dados de baja, se computarán las interrupciones hasta la fecha en que se produce efectivamente dicha circunstancia. La energía semestral necesaria para el cálculo de la eventual compensación correspondiente, se determinará proyectando los valores de energía facturados con anterioridad a la fecha de baja del servicio.

Marco Regulatorio y Sistemas de Información

Estándares de Referencia

  • IEEE 1159-1995: «Práctica recomendada por el IEEE para el monitoreo de la calidad del suministro eléctrico”.
  • NTC 5000: Calidad de la Potencia Eléctrica.
  • IEC 61000-4-30: Técnicas de ensayo y medición – Métodos de medición de calidad de potencia.

Sistema Informático y Entidades Reguladoras

BASE: Sistema Informático de Recepción y Validación para la Aplicación de la NTCSE (SIRVAN).

Medición Válida

La medición se considera como válida si alcanza a registrar la cantidad de intervalos válidos requeridos para la evaluación de la calidad (672 intervalos para el caso del Voltaje y 1008 para el caso de perturbaciones).

En el caso de las concesionarias de distribución, la base de datos se actualiza cada seis meses y se transfiere a los 25 días calendario de finalizado el primer y tercer trimestre, respectivamente. La actualización corresponde al último día hábil del primer o tercer trimestre que corresponda.

Determinación del Número de Mediciones de Calidad del Producto

Para las distribuidoras, OSINERGMIN comunicará 30 días hábiles antes de iniciado el semestre, la cantidad estratificada de mediciones de calidad del producto a efectuarse durante el semestre. Para las generadoras, el número de mediciones a efectuarse se actualiza cada vez que se modifica el número de suministros.

Si la interrupción es responsabilidad de más de un integrante del sistema, el COES determinará las responsabilidades, las que serán utilizadas para el cálculo del resarcimiento de las compensaciones que corresponda (reporte interrupción).

Programación de Interrupciones y Notificación al OSINERGMIN

Con anticipación no menor a cuarenta y ocho (48) horas, el Suministrador informa al OSINERGMIN, vía el portal SIRVAN, la programación de interrupción del servicio eléctrico, precisando:

  • La ubicación de las instalaciones donde se efectuarán las maniobras de interrupción.
  • Las zonas afectadas.
  • El estimado de usuarios afectados.
  • El resumen de actividades a desarrollar y el responsable de tales actividades.

Además, se debe adjuntar en medio magnético el documento que sustente la notificación a los suministros que se afectarán por la interrupción. La duración de las interrupciones programadas debe corresponder al trabajo o labor a realizar. El suministrador entregará a requerimiento del Supervisor de OSINERGMIN, en un periodo no mayor a un día hábil, toda la información relacionada al trabajo detallado.

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