14 Dic

Diferencia entre Ley Federal y Ley General

Ley Federal: Son leyes expedidas por el Congreso de la Unión que regulan aquellas materias que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos atribuye de manera exclusiva a la Federación. Su aplicación y vigencia es en todo el territorio nacional, pero su ámbito material es del Gobierno Federal.

Ley General: Regula materias concurrentes y distribuye competencias. Son expedidas por el Congreso de la Unión donde existe competencia concurrente o compartida entre la Federación, los estados y los municipios (está en los tres niveles). Su alcance es en todo el territorio nacional, establece bases, principios y distribución de competencias para que, a partir de ellas, las entidades federativas puedan emitir leyes locales respetando la Ley General y sin contradecir lo que esta establece.

Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI)

Objeto de la LFPPI

Proteger la Propiedad Industrial en México, mediante la regulación y otorgamiento de:

  • Patentes de invención.
  • Registros de Modelos de Utilidad.
  • Registros de Diseños Industriales.
  • Registro de Marcas y Avisos Comerciales.
  • Declaraciones de Protección de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas.

Además, tiene por objeto:

  1. Regular los Secretos Industriales.
  2. Prevenir los actos que atenten contra la propiedad industrial o que constituyan competencia desleal.

Espíritu de la Ley

  • Fomentar la Innovación y la Creatividad: Busca estimular la invención y el desarrollo tecnológico, ofreciendo seguridad y exclusividad a quienes invierten tiempo y recursos en crear nuevas tecnologías, productos o diseños.
  • Alinear a México con Estándares Internacionales: Su expedición estuvo fuertemente influenciada por la necesidad de actualizar el marco legal mexicano de propiedad industrial en el contexto de tratados comerciales como el T-MEC, adoptando mejores prácticas globales.
  • Fortalecer la Protección de los Titulares: Otorga mayor certeza jurídica y endurece las sanciones (tanto administrativas como penales) contra la piratería y la falsificación, especialmente en materia de marcas y patentes.

Delitos en Materia de Propiedad Industrial

  • Falsificación y Comercio Ilegal de Marcas.
  • Violación de Patentes, Modelos de Utilidad o Diseños Industriales.
  • Uso Ilegal de Secretos Industriales.

Código Fiscal de la Federación (CFF)

El CFF es la ley que regula las contribuciones en México, estableciendo cómo deben determinarse, pagarse y fiscalizarse los impuestos federales.

Objeto del CFF

Ordenar la relación jurídica entre el Estado y los contribuyentes, definir obligaciones y derechos fiscales, y fijar los procedimientos de recaudación, verificación y sanción.

Espíritu del Legislador

Garantizar que el sistema tributario funcione de manera eficiente, equitativa y transparente, asegurando que todos contribuyan al gasto público conforme a la Constitución. Busca evitar evasión y elusión, ofrecer certeza jurídica, dotar a la autoridad de herramientas para comprobar el cumplimiento fiscal y proteger al contribuyente de actos arbitrarios.

Delitos Fiscales

El CFF contempla conductas que dañan el sistema tributario. Estos delitos se sancionan con multas, reparación del daño y penas de prisión, dependiendo de la gravedad, el monto involucrado y la intención del infractor. Incluyen:

  • Defraudación fiscal.
  • Uso de comprobantes fiscales falsos.
  • Simulación de operaciones.
  • Omisión maliciosa de contribuciones.
  • Contrabando y sus equiparables.
  • Alteración o destrucción de contabilidad.

Ley General de Salud (LGS)

Objeto Principal

Reglamentar el derecho a la protección de la salud que toda persona tiene, un derecho consagrado en el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Espíritu y Finalidades de la LGS

Se centran en:

  • El Bienestar: Lograr el bienestar físico y mental del individuo.
  • Prolongación y Mejoramiento de la Vida: Contribuir a prolongar y mejorar la calidad de la vida humana.
  • Equidad y Solidaridad Social: Asegurar que los servicios de salud satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de toda la población, sin distinción de origen étnico, religión, ideología política, género, condición económica o social.
  • Promoción de la Salud: Proteger, promover y restaurar la salud de las personas y de la colectividad.

Delitos contra la Salud

La LGS sanciona, entre otras, las siguientes conductas:

  • Fabricar, vender o distribuir medicamentos o insumos falsos o adulterados.
  • Manejar estupefacientes, psicotrópicos o precursores sin permiso.
  • Realizar trasplantes o actos médicos sin autorización.
  • Operar establecimientos de salud sin licencia.
  • Publicitar productos engañosos que afecten la salud.
  • Contaminar alimentos, bebidas o medicamentos.

Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE)

Objeto de la LGMDE

Establecer y sancionar las conductas que dañan la autenticidad, libertad y legalidad de los procesos electorales en México, protegiendo el voto, los recursos públicos, la imparcialidad gubernamental y el funcionamiento correcto de las autoridades electorales.

Espíritu del Legislador

Asegurar que la voluntad ciudadana se exprese libremente y sin coacción, protegiendo los principios fundamentales de la democracia.

Delitos Electorales

  • Coacción y Compra del Voto.
  • Uso Ilegal de Recursos Públicos.
  • Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Código de Justicia Militar (CJM)

Objeto Principal

Mantener la disciplina militar en las Fuerzas Armadas (Ejército, Fuerza Aérea y Armada) para asegurar su permanencia como garante de las instituciones y de la sociedad.

Espíritu del Legislador

Se resume en dos ideas centrales:

  1. Mantener la disciplina y el orden como base del funcionamiento de las Fuerzas Armadas.
  2. Adaptar el sistema militar a los derechos humanos y al modelo penal acusatorio, limitando el fuero militar solo a delitos propiamente castrenses, excluyendo a civiles y garantizando procesos más justos y respetuosos del debido proceso.

Delitos Castrenses

El CJM tipifica conductas que afectan la estructura y operación militar, tales como:

  • Actos contra la disciplina y obediencia (desobediencia, abuso de autoridad, insubordinación).
  • Faltas contra el servicio y el deber militar (abandono de servicio, deserción, evasión).
  • Hechos contra la seguridad y la defensa (traición, espionaje, revelación de secretos militares).
  • Uso indebido o pérdida de armas, equipo o información.
  • Violencia, ultrajes o amenazas entre militares.
  • Conductas que afecten instalaciones, material, operaciones o mando dentro del ámbito estrictamente castrense.

Ley General del Sistema Penal de Justicia Integral para Adolescentes

(Nota: La legislación vigente es la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes).

Objeto de la Ley

Garantizar los derechos humanos de quienes tienen entre 12 y menos de 18 años, establecer principios rectores como el interés superior del adolescente y la protección integral, definir medidas de sanción con enfoque educativo y de reintegración social, y establecer las autoridades especializadas encargadas de aplicar el sistema.

Espíritu del Legislador

La ley busca un cambio de paradigma, reconociendo a los adolescentes como sujetos plenos de derechos y responsabilidades, abandonando el antiguo modelo tutelar. Prioriza el interés superior y la protección integral, aplicando medidas educativas y proporcionales para su reinserción, y establece una justicia especializada y progresiva que respete su desarrollo y mantenga, siempre que sea posible, su entorno familiar y social.

Características Clave del Sistema

  • Enfoque: Integral y Multidisciplinario.
  • Duración Máxima del Proceso: 6 meses.
  • Tentativa: No existe la figura de tentativa.
  • Tipos de Sentencias: Absolutoria, Condenatoria o Mixta.
  • Centros Especializados (Ejemplos): CEIPA, San Fernando, Quiroz Cuarón, CEMA (Centro Especializado para Mujeres Adolescentes).

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