26 May
UT 1: La Constitución Española y la Organización del Estado
1. La Constitución Española de 1978
Es la norma suprema del Estado. Aprobada en 1978, marca el paso a la democracia. Define a España como un Estado social y democrático de Derecho y establece:
- Valores superiores: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político.
- Forma política: monarquía parlamentaria.
- Soberanía: reside en el pueblo español.
- Reconoce la unidad del Estado y la autonomía de comunidades y regiones.
Tribunal Constitucional: Vigila que las leyes cumplan la Constitución, resuelve conflictos Estado-CCAA y protege derechos mediante el amparo.
2. Organización de los poderes del Estado
Poder Legislativo: Las Cortes Generales
Es bicameral:
- Congreso de los Diputados: cámara principal, elige al Presidente del Gobierno, aprueba leyes y presupuestos.
- Senado: cámara de representación territorial, revisa leyes.
Funciones principales:
- Elaborar leyes
- Controlar al Gobierno
- Aprobar presupuestos
- Participar en nombramientos de órganos constitucionales
Poder Ejecutivo: El Gobierno
Encargado de dirigir la política del país y ejecutar las leyes. Formado por: Presidente, Vicepresidentes y Ministros.
Funciones:
- Dirigir política interior y exterior
- Gestionar la Administración
- Garantizar la defensa
- Elaborar presupuestos
- Representar a España
Poder Judicial
Integrado por jueces y magistrados independientes. Su órgano de gobierno es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El tribunal superior es el Tribunal Supremo.
Principios: Independencia, inamovilidad, responsabilidad, unidad y exclusividad jurisdiccional. Órdenes judiciales: civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar.
3. Organización territorial del Estado
Comunidades autónomas: Cada una tiene Parlamento, Gobierno, Presidente y Estatuto de Autonomía. Asumen competencias como educación, sanidad o cultura.
Entidades locales: Municipios (Ayuntamientos), Provincias (Diputaciones) e Islas (Cabildos y Consejos Insulares).
4. Derechos y deberes de los ciudadanos
Derechos fundamentales: Vida e integridad física, libertades ideológica, religiosa y de expresión, educación, trabajo, igualdad ante la ley y tutela judicial efectiva.
Deberes: Cumplir las leyes, contribuir mediante impuestos y defender España.
5. La Corona
El Rey es el Jefe del Estado. Funciones representativas: sancionar leyes, convocar elecciones, proponer al Presidente del Gobierno y representar a España. Sus actos son refrendados por el Gobierno.
6. La Administración Pública
Es el conjunto de órganos que ejecutan las políticas públicas y gestionan los servicios del Estado. Principios: legalidad, igualdad, imparcialidad, eficiencia, jerarquía, descentralización y desconcentración.
UT 2: El Estado y la Administración Pública
1. El Estado y sus elementos
El Estado es el conjunto de instituciones que tienen autoridad para crear y aplicar normas dentro de un territorio. Sus tres elementos esenciales son: Población, Territorio y Soberanía.
2. El Estado de Derecho
España es un Estado de Derecho, lo que implica que todo el Estado está sometido a la ley y existe separación de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial).
3. La Administración Pública
Instrumento mediante el cual el Estado realiza sus funciones y atiende las necesidades ciudadanas. Depende del Gobierno y actúa conforme a la ley y para el interés general.
4. Principios rectores de la Administración del Estado
- Organización: Jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
- Actuación: Legalidad, objetividad, eficacia, participación ciudadana, transparencia, planificación, control, evaluación y prestación de servicios.
5. Dimensión organizativa de la Administración General del Estado (AGE)
- Órganos superiores: Presidente del Gobierno, Vicepresidentes, Ministros y Secretarios de Estado.
- Órganos directivos: Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales y Subdirectores.
- Órganos de nivel inferior: Servicios, Secciones, Negociados.
6. Administración Territorial
Delegados del Gobierno (CCAA), Subdelegados del Gobierno (Provincia) y Directores Insulares (Islas).
7. Administración Exterior
Representa a España mediante embajadas, misiones diplomáticas, representaciones permanentes, consulados y oficinas en organismos internacionales.
8. Sector Público Institucional
Incluye organismos públicos, autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, fundaciones públicas, consorcios, fondos sin personalidad y universidades públicas no transferidas.
9. Administración Consultiva
Consejo de Estado: Órgano supremo consultivo que emite dictámenes. Consejo Económico y Social: Asesora en política socioeconómica y laboral.
UT 3: El Estado Autonómico
1. Origen del Estado autonómico
La Constitución de 1978 crea un Estado descentralizado. Las CCAA poseen autogobierno, personalidad jurídica, autonomía financiera y capacidad normativa. Límites: unidad de España, igualdad, solidaridad, unidad económica y cooperación.
2. Formación de las CCAA
España cuenta con 17 Comunidades Autónomas más Ceuta y Melilla. Vías de acceso: Vía común (Art. 143 CE), Vía especial (Art. 151 CE) y Vía foral (Navarra).
3. Organización autonómica
- Asamblea Legislativa: Elegida por sufragio universal.
- Consejo de Gobierno: Presidente, Vicepresidentes y Consejeros.
- Administración Autonómica: Estructurada en consejerías.
- Tribunal Superior de Justicia: Máxima autoridad judicial en cada CA.
4. Distribución de competencias y financiación
Tipos de competencias: exclusivas estatales, exclusivas autonómicas, compartidas y concurrentes. El sistema de financiación se divide en sistema común y sistema foral (cupo).

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