28 May
Evolución del Estado y la Sociedad: Del Contractualismo a la Globalización
Contractualismo entre Estado y Sociedad: Surge la figura del Estado a partir de un consenso de la sociedad para preservar los derechos naturales.
Contexto: Existe una clase emergente (la burguesía) que quiere acabar con el absolutismo y crear una Soberanía Nacional con el objetivo de llegar al poder. En la democracia liberal, la Soberanía Nacional sólo se refería a propietarios, no a las personas, sino a todos los ciudadanos propietarios.
- Principios:
- Separación de la esfera política (Estado) y de la sociedad (Mercado). No intervención estatal en la economía. Prevalencia de la esfera privada sobre la pública.
- Imperio de la ley sobre el parlamento.
- La sociedad es vista como un espacio de intercambio de intereses individuales.
2.1. La Constitución (Estado Liberal)
Conjunto de normas y formas de conducta reconocidas que son los principios políticos en los que se basa un Estado y que se formalizan por escrito. La relación entre Constitución y Estado es muy cercana, no puede concebirse un concepto sin el otro.
- Constitución como Fundadora del Estado:
El papel del Estado es configurarse en base a un acuerdo de voluntades o consenso, expresado normalmente en la Constitución. Ésta regula la dinámica política y controla el poder estatal.
- Liberalismo (contenido de la Constitución):
- Salvaguarda de los derechos, que son de carácter individual y patrimonial (el centro de los derechos es la propiedad). Derechos civiles (defensa de los intereses) y derechos políticos (mecanismos de participación ciudadana de los propietarios).
- La Constitución limita y controla el poder.
- Creación de una organización institucional que controle el poder.
- Tradiciones liberalistas desde el punto de vista constitucional.
- Constitución en América: fue aprobada en 1787 en la Convención de Filadelfia por el Tribunal Constitucional. No contenía derechos, pero durante el siglo XIX fueron añadiéndose enmiendas que contenían derechos. Norma jurídica suprema, no puede ser contradicha.
- Constituciones en Europa: no era una norma jurídica suprema, era un documento político carente de eficacia jurídica. Los derechos solían estar en las leyes en vez de en la Constitución. El liberalismo presentaba un sistema monoclase, en el cual solo se favorecía a la burguesía. Como sólo se protegían unos intereses homogéneos no existían otros que comprometiesen la sostenibilidad jurídica, por lo que no era necesaria una Constitución rígida. El parlamento (integrado por burgueses) era la máxima fuente de poder, por lo que podía contradecir a la Constitución.
El Estado Social (2ª GM – 1970)
Modelo de Estado que sustituye al liberal y se basa en el intervencionismo.
- Principios:
- Fin de la separación entre el Estado y la sociedad, intervencionismo en la economía por parte del Estado.
- El Estado obliga al sistema económico a que satisfaga necesidades sociales y no sólo intereses individuales. El funcionamiento económico debe responder a necesidades sociales.
La intervención del Estado en la economía es lo que produce una interrelación entre la Esfera privada y la pública. El Estado interviene en la economía y las relaciones sociales (unificación de las esferas, la pública absorbe a la privada).
3.1. La Constitución (Estado Social)
- El Estado Social deja de ser un Estado monoclase e incorpora a los grupos excluidos (clase obrera) a través del sufragio universal masculino, es un Estado pluriclase. Este cambio incluye diferentes intereses en el sistema político, en el Parlamento. Esta apertura compromete la estabilidad del sistema. Constitución como norma jurídica suprema.
- El Estado Social es un sistema de acuerdos entre trabajo y capital. Por parte del capital se consigue una mejora de la posición del trabajo y, por lo tanto, una mejora de las condiciones de vida. El trabajo mantiene el sistema y evita rupturas.
- Los Tribunales Constitucionales son órganos de defensa de la Constitución y su posición superior. En EEUU es el Tribunal Supremo. Hay dos tipos de control de constitucionalidad de las leyes:
- Control difuso (americano): revisión de las leyes por parte de jueces ordinarios, bajo el control del Tribunal Supremo.
- Control concentrado (austríaco): el Tribunal Constitucional puede declarar una norma inconstitucional y expulsarla del ordenamiento jurídico.
Forma Global de Mercado (1970 – actualidad)
Tras la crisis del Estado Social, la FGM comienza como una globalización financiera, que genera una apertura de capitales por todos los Estados. Comienza una etapa de libre circulación de capitales, innovaciones tecnológicas y surgimiento de instituciones internacionales.
Empieza la Globalización terminando con los mercados nacionales para dar paso a un único mercado dentro de un discurso Neoliberal. Los estados se vuelven incapaces de regular este único mercado.
Surge una nueva relación entre el poder y la sociedad, deja de utilizarse el término Estado como se conocía. La Globalización reordena el poder trascendiendo al Estado, por lo que se hace difícil definir el espacio público y el privado. El poder es mixto, incorpora elementos privados y públicos.
- Principios:
- El Mercado ocupa una posición más importante que cualquier otro elemento. El Estado económico funciona con reglas propias.
- Cualquier intervención de la esfera política en la economía es indiferente, la intervención del Estado no condiciona al Mercado.
- Expansión del Mercado que condiciona la intimidad y la privacidad. El espacio privado se mercantiliza.
- El Mercado recupera su autonomía con respecto al Estado.
- El factor capital se sobrepone al factor trabajo.
4.1. La Constitución (FGM)
- Las reglas de funcionamiento del Mercado determinan las reglas del Estado, por lo que se da la despolitización del Estado. Éste pierde su poder y su soberanía nacional, por lo que se debilita la democracia y se da fin al estado de bienestar.
- El funcionamiento económico impone principios distintos a los del constitucionalismo social que han de cumplirse; se relativiza el valor de la Constitución y pasa de formal a virtual.
- Al producirse la pérdida de normatividad de la Constitución, ésta deja de ser una norma jurídica suprema.
- En Europa:
- Debido a la relación entre los países europeos surge la Unión Europea y presenta un ordenamiento jurídico propio (formado en base a los principios de sus miembros).
- Este ordenamiento jurídico nuevo se impone al ordenamiento jurídico estatal de cada país y lo sustituye.
Pérdida del poder del Estado y su soberanía nacional, debilitando la democracia. El mercado no deja tomar decisiones a la democracia, el estado no puede regular el mercado y esto afecta a los derechos políticos, dando fin al estado del bienestar.
Se deslegitima la política para legitimar la FGM.
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