01 Abr
Las formas jurídicas de la empresa
Elegir la forma jurídica de una empresa es una decisión estratégica fundamental, ya que influye directamente en la responsabilidad, el capital necesario y la organización del negocio. Para ello, es necesario evaluar factores como:
- El tipo de actividad.
- El capital disponible.
- El número de socios.
- Las inversiones requeridas.
- El grado de responsabilidad que se desea asumir.
- La posibilidad de incorporar nuevos socios.
- El acceso a ayudas públicas y el tiempo de constitución.
Empresas con personalidad física
Se caracterizan por ser más sencillas y económicas de crear, aunque su principal inconveniente es la responsabilidad ilimitada:
- Empresario individual (autónomo): Trabaja por cuenta propia.
- Sociedad civil: Acuerdo entre socios para repartirse beneficios.
- Comunidad de bienes: Basada en compartir una propiedad.
Sociedades mercantiles
Poseen personalidad jurídica propia, lo que implica una separación entre la empresa y los socios, facilitando la responsabilidad limitada:
- Sociedad colectiva: Responsabilidad ilimitada.
- Sociedad comanditaria: Diferencia entre socios gestores y capitalistas.
- Sociedad limitada (S.L.): Muy común por su bajo capital mínimo. Incluye variantes como la S.L. nueva empresa y la de formación sucesiva.
- Sociedad anónima (S.A.): Pensada para grandes empresas con capital dividido en acciones.
- Sociedades especiales: Como las laborales y cooperativas, con un enfoque social.
Trámites de puesta en marcha y funcionamiento
Para garantizar la legalidad de la empresa, se deben realizar diversos trámites administrativos:
- Fiscales: Alta en el censo de empresarios y gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en la Agencia Tributaria.
- Laborales: Inscripción en la Seguridad Social, afiliación de socios, alta de trabajadores y comunicación de contratos al SEPE.
- Normativos: Comunicación de apertura del centro de trabajo, prevención de riesgos laborales y calendario laboral.
- Municipales: Solicitud de licencias de funcionamiento u obras y pago de impuestos locales.
- Registrales: Inscripción en el Registro Mercantil (constitución, modificaciones, libros contables) y otros registros específicos (propiedad intelectual, patentes, etc.).
La constitución de una empresa
La constitución es el proceso mediante el cual una sociedad adquiere personalidad jurídica. Este procedimiento no es necesario en empresas con personalidad física.
Pasos y documentación esencial
- Certificado negativo de denominación social: Acredita que el nombre está disponible.
- Certificado bancario: Demuestra el ingreso del capital mínimo.
- Estatutos sociales: Recogen las normas de funcionamiento interno.
- Escritura pública: Firmada ante notario, otorga validez legal.
- Impuestos y NIF: Presentación del Modelo 600 y solicitud del Número de Identificación Fiscal.
El papel del fedatario público
El fedatario garantiza la autenticidad y seguridad jurídica de los documentos:
- Notarios: Asesoran sobre el tipo de sociedad, redactan escrituras y participan en reorganizaciones, poderes y juntas.
- Registradores mercantiles y de la propiedad: Dan publicidad y seguridad a los actos y derechos sobre bienes.
- Letrados de la Administración de justicia y secretarios de ayuntamiento: Certifican procesos judiciales y acuerdos municipales, respectivamente.
Simplificación de trámites: PAE y CIRCE
Para facilitar la creación de empresas, se han implementado medidas de digitalización:
- Puntos de Atención al Emprendedor (PAE): Centros que ofrecen asesoramiento y gestionan trámites mediante el sistema CIRCE.
- Tramitación telemática: Uso del Documento Único Electrónico (DUE) para centralizar gestiones como la solicitud del NIF o la inscripción registral.
- Tramitación exprés: Permite constituir sociedades limitadas en plazos muy reducidos.

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