31 Oct

Jornada Ordinaria de Trabajo

La duración máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual. La distribución es flexible, pero el máximo de horas al día es de 9 (8 horas para menores de 18 años).

Cómputo de la Jornada

Se computa desde la entrada al puesto de trabajo hasta la salida. Solo se considera tiempo de trabajo efectivo el dedicado a consultas médicas y la formación en prevención de riesgos laborales.

Distribución de la Jornada

  • Regular: Trabajar siempre el mismo número de horas.
  • Irregular: Distribución diferente del tiempo de trabajo.

Distribución Irregular por la Empresa

La empresa podrá distribuir de forma irregular hasta un 10% de la jornada anual. El trabajador deberá conocer esta distribución con un mínimo de 5 días de antelación. Deben respetarse los descansos obligatorios. La compensación debe hacerse según el Convenio Colectivo (CC) o acuerdo. Si no se llega a acuerdo, debe compensarse en los 12 meses siguientes.

Jornadas Especiales

A) En Determinadas Actividades

Ampliaciones de Jornada

En sectores como Comercio, Hostelería, Vigilancia y Transportes. Por ejemplo, en comercio y hostelería se puede acumular medio día de descanso en períodos de 4 semanas.

Reducciones de Jornada (Protección del Trabajador)

Se aplican en sectores como:

  • Trabajo en el campo.
  • Minas.
  • Puestos expuestos a riesgos medioambientales.
  • Cámaras frigoríficas.

B) Por Circunstancias Personales (Conciliación)

  • Guarda Legal: Por cuidado de un menor de 12 años o de personas con discapacidad. La reducción es de un mínimo de un octavo y un máximo de la mitad de la jornada, con disminución proporcional del salario.
  • Lactancia: 1 hora durante la jornada, que puede dividirse en dos fracciones, o una reducción de la jornada de media hora, o acumularse en jornadas completas.
  • Nacimiento de Hijos Prematuros o que Deban ser Hospitalizados: Reducción de jornada de un máximo de 2 horas, con reducción proporcional del salario.
  • Hijo Hospitalizado con Enfermedad Grave: Reducción de la mitad de la jornada durante la hospitalización y el tratamiento. Se puede mantener hasta que el menor cumpla 18 años, con reducción del salario.
  • Víctimas de Violencia de Género: Reducción de jornada y salario.

Nota: Todos estos permisos pueden ser solicitados por el padre o la madre. Es el trabajador quien elige el momento del día y la duración de la reducción.

C) Adaptaciones como Medida de Conciliación

El trabajador tiene derecho a solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada, incluyendo:

  • Flexibilidad en cuanto a la hora de entrada y salida del trabajo.
  • Teletrabajo (trabajar a distancia).
  • Realización de formación y reuniones en horario laboral.
  • Eliminación de horas extraordinarias.
  • Ampliación de permisos.

Trabajo Nocturno

Horario y Definición

El horario nocturno se establece entre las 22:00 y las 6:00 horas.

Se considera trabajador nocturno a aquel que realiza:

  • Un mínimo de 3 horas diarias en horario nocturno.
  • Un tercio de su jornada anual en horario nocturno.

Regulación Específica

  • Período Máximo: 8 horas diarias de promedio.
  • Horas Extraordinarias: No pueden realizar horas extraordinarias.
  • Retribución: Se fija en el Convenio Colectivo, salvo:
    • Que el trabajo sea nocturno por naturaleza (ej. discotecas).
    • Que se compense con descansos.

Horas Extraordinarias

Tipos de Horas Extra

  • Voluntarias.
  • Obligatorias: Por haber sido pactadas o por fuerza mayor.

Límite Anual Autorizado

El límite de horas extraordinarias varía según su compensación:

  • Pagadas: 80 horas.
  • Fuerza Mayor: Ilimitadas.
  • Compensadas por Descanso: Ilimitadas.

Retribución y Compensación

La retribución se fija por Convenio Colectivo o acuerdo. La empresa puede decidir pagarlas o compensarlas con descanso dentro de los 4 meses siguientes. En ningún caso la retribución de la hora extra puede ser inferior a la hora ordinaria.

Prohibición

Las horas extraordinarias están prohibidas para:

  • Menores de 18 años.
  • Durante la jornada nocturna (excepto si son necesarias y se cuenta con autorización).

Control

El empresario debe llevar un control escrito y detallado de las horas extraordinarias realizadas.

Descansos Laborales

Descanso en Jornada Continua (Pausa o Bocadillo)

Si la jornada supera las 6 horas seguidas (o 4 horas y media, según el texto original), el trabajador tiene derecho a un descanso. Para menores de 18 años, este descanso no puede ser inferior a 30 minutos.

Descanso Diario entre Jornadas

Debe haber un mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.

Descanso Semanal

  • Para mayores de 18 años: 1 día y medio seguido.
  • Para menores de 18 años: 2 días seguidos.

El descanso semanal puede acumularse, permitiendo trabajar 11 días y descansar 3 seguidos.

Permisos Retribuidos

El trabajador, previo aviso y con justificación, puede ausentarse del trabajo manteniendo su salario.

Permisos para Formación Profesional

  • Derecho a adaptación de la jornada para asistir a cursos.
  • Permisos para exámenes oficiales.
  • Los trabajadores con menos de 1 año de antigüedad tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación, acumulables hasta 5 años.
  • Preferencia para elegir un puesto de trabajo cuando se cursen estudios.

Permisos Retribuidos Específicos

  • Matrimonio: 15 días.
  • Nacimiento de un hijo, Enfermedad grave de un familiar, Intervención quirúrgica sin hospitalización: 2 días (en la misma localidad), 4 días si se precisa desplazamiento.
  • Traslado de domicilio: 1 día.
  • Votar o asistir a un juicio: El tiempo necesario.

Vacaciones Anuales

Duración Mínima

La duración mínima es de 30 días naturales por año, o la parte proporcional si se trabaja menos de un año.

Período de Disfrute y Retribución

Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural y, por regla general, no son acumulables. Son retribuidas y no pueden sustituirse por compensación económica.

Excepciones a la Compensación Económica

Solo se permite la compensación económica cuando:

  • El trabajador cesa en la empresa sin haberlas disfrutado.
  • El trabajador ha sido contratado por menos de 1 año y no ha disfrutado de ellas.

Calendario de Vacaciones

El calendario se fija de común acuerdo. Si no hay acuerdo, lo decide la jurisdicción social. El trabajador tiene que conocer su período vacacional con 2 meses de antelación.

Vacaciones e Incapacidad Temporal (IT)

  • Si el período de vacaciones coincide con embarazo, parto, lactancia o maternidad, el trabajador tiene derecho a disfrutar de las vacaciones cuando acabe ese período.
  • Si las vacaciones coinciden con otra incapacidad laboral, el trabajador podrá disfrutar las vacaciones cuando acabe la baja, siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses desde el final del año en que se originaron.

Calendario Laboral

Las empresas deben elaborar un horario que incluya los días inhábiles, los cuales serán retribuidos. Las fiestas laborales no podrán ser más de 14 días al año.

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