20 Ago

Instrumentos a nivel de la OIT

Convenio:


Es el convenio internacional fruto de un debate que se genera en un organismo Tripartito. Las propias partes sociales participan en la temática. Es lo que lo Diferencia de los tratados.  Si es Aprobado, todos los estados miembros deben someterlo a ratificación en su país, Es decir los instrumentos que emanan de la conferencia internacional. Es Obligatorio, impone obligaciones específicas a los miembros.

Recomendaciones:


Tienen un grado menor en lo que se refiere a su obligatoriedad. No se pueden Someter a ratificación. Lo que hace cada uno de los estados miembros es adoptar Sus disposiciones pero no se someten a ratificación. Esa es una de las Diferencias con los convenios internacionales de trabajo. Se llega a una Recomendación cuando no se tiene el consenso para adoptar un convenio Internacional. Ese consenso que no se logra para un convenio internacional, si Se logra para adoptar una recomendación. Es decir que se llega a la aprobación Por medio de esa circunstancia, cuando no se llega para adoptar un convenio Internacional. Ej. Recomendación 135 de la OIT.

Declaraciones:


Se utilizan en ocasiones puntuales.

Libertad sindical, eliminación de trabajo Infantil, no discriminación- declaración de 1988.

Resoluciones:


Interpretan normativa específica, por ej. Un convenio o recomendación para Situaciones particulares.

Recomendaciones Prácticas:


dicta la OIT, son instrumentos técnicos, Elaborados por especialistas en ciertas temáticas y luego una vez finalizados Tienen el aval del consejo de administración, el aval es tripartito.

Repertorio que se refiere a drogas en el lugar De trabajo. Decreto 128 de 2016 regula el tema alcohol y drogas en el lugar de Trabajo. Tema se aborda desde la prevención para que esto no ocurra en el lugar De trabajo. También el tema de respetar la privacidad del trabajador.

Proceso De elaboración de los convenios internacionales y recomendaciones:


La OIT tiene que incluir el tema en el orden Del día de la conferencia. Lo puede hacer la propia conferencia o el consejo de Administración (también pueden proponer temas para incluir en el orden del día) Una vez que se adopta esa decisión, la oficina internacional del trabajo Elabora un informe técnico en relación a esa temática que pretende abordar ese Nuevo convenio. Toma en consideración la normativa vigente en relación a ese Tema puntual en los estados miembros.

Ese informe junto con un cuestionario es Enviado a los países miembros 12 meses antes este informe técnico que hace la Oficina internacional y un cuestionario para conocer en detalle cual es la Practica en ese país, la legislación vigente, las medidas que se adoptan. Cada Estado miembro tiene 4 meses para responder el cuestionario con los datos Acerca de la práctica en esa materia. Esa información es enviada luego de Analizada por los países a la OIT. Y la oficina elabora un nuevo informe con Los datos que envían los estados miembros. Ese nuevo informe es enviado a los Países antes de la conferencia. Es un proceso muy largo, detallado.

Una vez que llega la conferencia, se pone a Discusión la temática, en primer lugar se ve si el tema se aborda en una Comisión o en un plenario. Se hace una visión general, pero luego se deriva a Comisiones específicas. En cada una de las sesiones de la conferencia se puede Asistir con técnicos. Por eso en esas comisiones van a haber varios Asesores.  Luego de las comisiones se Somete a discusión general en el marco de la conferencia. Al finalizar la Conferencia, sesíón, se puede resolver si el tema se vuelve a incluir en el Orden del día de la siguiente conferencia para aprobarlo como texto de convenio O recomendación. (Si no se llega a los dos tercios para un convenio se puede Obtener un consenso para recomendación)

Se puede elaborar un proyecto, borrador que es Enviado a los países miembros en forma previa para la próxima conferencia que Se hace el año siguiente. Esos textos son enviados por la oficina para que los Países los analicen. Con esos insumos, en la segunda conferencia donde se Aborda la temática, se elabora el proyecto definitivo que se va a someter a Votación. Hay una comisión técnica que elabora el proyecto definitivo y se Somete al plenario de la conferencia. Es necesario contar con dos tercios de Los votos para que sea aprobado ya sea como recomendación o convenio.

No se puede confundir convenio internacional Con colectivo.

El convenio internacional emana del organismo Tripartito.

La obligación que asume el estado una vez que Es aprobado el convenio, es la obligación de sumisión tiene que someterlo por el hecho de haberlo aprobado por Mayorías.  Implica la obligación de Someter ese convenio a ratificación por la vía interna y el procedimiento de Ratificación puede ser diferente en cada país. En nuestro país es el parlamento El que ratifica el convenio pero en otros países depende lo que establezca su Normativa. Otra obligación es la de informar  el estado tiene que informar si fue Sometido a ratificación o no e informar a la OIT de problemas y obstáculos que Impidan la ratificación.

Una vez que es ratificado surge el tema de la Vigencia. Cada convenio internacional establece cual es el requisito que se Tiene que cumplir para alcanzar la vigencia Objetiva.
Esto refiere a la entrada en vigor del convenio internacional. Esto se alcanza cuando se obtienen dos ratificaciones por parte de los estados Miembros en el plazo de 1 año o 18 meses.

Cuando Entra en vigor desde el punto de vista internacional

La Vigencia subjetiva  Cuando entra en vigor dentro de cada uno de los estados miembros. Tiene Que haberse cumplido la anterior. No están obligados a cumplir con el convenio Si no se cumple con la vigencia objetiva.

Si los estados no ratifican tienen que explicar Porque no lo ratificaron. No hay sanción concreta para el estado miembro por no Ratificar.

Interpretación De los convenios internacionales una vez que entraron en vigor


La constitución de la OIT establece que Cualquier tipo de inconveniente en cuanto a la interpretación  tiene que someterse a la corte internacional De justicia. Hay comisiones asesoras que cumplen un rol importante en cuanto a La interpretación, comité de libertad sindical y comité de expertos (interpretación de la normativa y buenas prácticas que tienen que adoptar los Estados miembros) esto es tomado por los países como interpretación auténtica De esos documentos.  Por eso en general No es necesario ir a la corte internacional de justicia.

La comisión de expertos elabora también Estudios específicos sobre distintos convenios fundamentales.

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