18 Nov

  1. ¿Qué cubre la ley 16.744?


  2. ACCIDENTE DEL TRABAJO, ACCIDENTES DE TRAYECTO,las Enfermedades Profesionales
  3. ¿Qué no cubre la ley 16.744?


  4. Los accidentes producidos por FUERZA MAYOR EXTRAÑA y sin relación alguna con el trabajo. Los producidos INTENCIONALMENTE POR LA VICTIMA. Y las enfermedades que no tengan directa relación con el ejercicio directo de la profesión o trabajo y las que no estén  enumeradas en el Decreto Nº 109 reglamentario de la Ley 16.774.
  5. ¿De qué trata el Artículo 21 del decreto N°40?


  6. DE LAS OBLIGACIONES DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES

  7. Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa.
  8. Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos.
  9. ¿Cómo clasifica el decreto 40 en su titulo 3 a los Expertos en Prevención de Riesgos?


  10. En la categoría de Profesionales o de Técnico
  11. Art. 9


    Para los efectos de este Reglamento los expertos en prevención de riesgos se clasificarán en la categoría de Profesionales o de Técnicos en conformidad con sus niveles de formación.
  12. Los categoría profesional estará constituida por:
  13. Los ingenieros e ingenieros de ejecución cuyas especialidades tengan directa aplicación en la seguridad e higiene del trabajo y los constructores civiles, que posean un post-título en prevención de riesgos obtenido en una Universidad o Instituto Profesional reconocido por el Estado o en una Universidad extranjera, en un programa de estudios de duración no inferior a mil horas pedagógicas, y
  14. B. los ingenieros de ejecución con mención en prevención de riesgos, titulados en una Universidad o Instituto Profesional reconocidos por el Estado.

La categoría técnico estará constituida por:

Los técnicos en prevención de riesgos titulados en una institución de Educación                                       Superior reconocida por el Estado.

  1. ¿Cuál es la misión del Experto en Prevención De Riesgos?


  2. Entre otras las  de planificar, organizar, asesorar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  1. ¿Cual es la misión del Comité Paritario De Higiene y Seguridad (C.P.H.S)?


  2. Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección
  3. Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
  4. Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa
  5. Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.
  6. Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.
  7. Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo,
  8. Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esa finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos.
  9. ¿Cómo Se elijen los integrantes del CPHS?


  10. Existen dos tipos de representantes dentro del comité paritario: los representante patronales o de la empresa y los representantes de los trabajadores y se elijen de la siguiente forma:

¿Cómo se eligen los representantes patronales o de la empresa?


Estos son designados por la empresa, la que nombrará tres titulares y tres suplentes, 15 días antes del cese en sus funciones del comité que debe renovarse.

¿Cómo se eligen los representantes de los trabajadores?


  • Se inscriben los trabajadores interesados que cumplan con los requisitos exigidos y se vota en forma secreta y directa, por titulares y suplentes, considerando:
  • Titulares


    Quienes obtengan las tres más altas mayorías
  • Suplentes


    Los tres que siguen en orden decreciente de sufragios
  • Esta elección deberá realizarse mínimo 15 días antes del cese en sus funciones del comité que debe renovarse.
  • Requisitos para formar parte del CPHS

  • Saber leer y escribir.
  • Tener más de 18 años de edad.
  • Encontrarse actualmente trabajando en la empresa, industria o faena y tener una permanencia a lo menos de un (1) año de antigüedad.
  • Acreditar haber tenido un curso de orientación básica de Prevención de Riesgos
    Ocupacionales dictadas o autorizadas por el Servicio Nacional de Salud o por algún representante de alguna empresa administradora de los seguros.
  • ¿De qué trata el Articulo N° 3 Del Decreto N° 594?


  • Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.

Investigación de un accidente

  • Existen los Factores constitutivos de accidentes que son: Causa, Agente, Fuente y Tipo

                    Causa: Capacidad potencial de factores físicos y humanos de generar un accidente,

             Factores del trabajo (condición)

              Factores Personales (no sabe, quiere, puede).

                    Agente: Material o medio de trabajo en que reside la causa ( motor, maquinaria, tablón). Fuente: Actividad humana que envuelve la causa (actividad del trabajador, Eje. Reparación de techumbre).

Tipo: Forma como se relacionan factores físicos y humanos en un accidente. ( Lesión Fatal, menor, golpeado por, contra)

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