22 Ene


La LEC o ley de enjuiciamiento civil


Regula los procesos civiles y todo el proceso des de que un ciudadano tiene la necesidad de reclamar algo hasta que hay sentencia firme.

Proceso



→ El ciudadano que reclama civilmente lo primero que debe hacer es una demanda que se presenta ante el juzgado de primera instancia. El que presenta la demanda es el demandante y el demandado es contra quien va. La demanda requiere una firma de un letrado colegiado (abogado+ procurador). El procurador es el que avisa de los términos y plazos.

Estructura de la demanda


  1. Hechos→ Que ha pasado.

  2. Fundamentos→ Que legislación ampara tus derechos.

  3. Suplico→ Pedir al juez que dicte sentencia a tu favor.


→El juez examina la denuncia y decide si la acepta o no. Examina sus competencias (territoriales y jurisdiccionales) y la capacidad y legitimidad de las partes.


→Admisión a trámite.


→Copia al demandado: El demandado tiene un plazo para contestar a la demanda des del momento que firma la recepción de la demanda. Opciones para el demandado:

  1. Oposición


    Negar los hechos.

  2. Allanarse a la demanda

    Reconocer los hechos.

  3. Reconvenir:

    Demandar al demandante.

  4. Declararse en rebeldía

    Se cita al demandado pero no responde y sigue el proceso en su ausencia.


→Copia al demandante.


Citación a juicio.

  • Juicio Oral


El juicio se desarrolla ante un juez o magistrado.


→ Se resumen los hechos alegados. Primero el demandante y luego el demandado.

2º
→ Invitación a la transacción judicial. El juez invita a las partes a ahorrarse el juicio si pactan entre ellos. Muchas veces las dos partes juntamente con los abogados pactan antes del juicio (transacción entre partes extrajudicial). Finalmente se dicta un auto judicial de archivo. Si el demandado al recibir la demanda en casa se allana no se produce juicio pero se hace un auto judicial.

Si hay transacción judicial al demandante presenta el desistimiento de la demanda i se hace el auto judicial de archivo.


→ Se entra a juicio: “No puedes alegar lo que no vas a poder probar”. La sentencia siempre se basa en hechos probados

  • Medios de prueba



  • Confesión en juicio

    Solo para las partes litigantes. Son respuestas a preguntas muy concretas bajo juramento.

  • Testifical

    Respuestas a preguntas muy concretas a personas no litigantes. Son bajo juramento.

  • Documental

    Pueden ser:

  • Público

    Documento expedido por funcionario público autorizado donde se supone que no puede mentir. ( EJ: Notarios, mossos) Son más importantes que los privados.

  • Privados

    Médicos, facturas, cartas.

  • Periciales

    Psicólogos, Ingenieros, arquitectos. Informe de un técnico especialista.

  • Reconocimiento judicial

    El juez se desplaza al lugar de los hechos y saca sus propias conclusiones.

4º→ Sentencia:

El juez siempre tiene que decir: Absuelvo o condeno.

El juez puede no dictar sentencia si:

  • Se excusa


    No se siente imparcial.

  • Recusación judicial

    Es una de las dos partes la que dice que el juez no es imparcial.

  • Incompetencia judicial

    El caso no le corresponde a el por qué no es de su jurisdicción

Partes de la sentencia


  • Hechos alegados y probados


    Todos los hechos tienen que estar probados.

  • Fundamentos jurídicos:

    Que ley se le aplica.

  • Fallo

    Absuelvo/Condeno
  • Costes del juicio:
    Quien corre con los gastos del juicio, lo dicta el juez. Todos los que cobren menos del doble del salario mínimo tienen derecho a juicio gratuito.

  • Recursos

    Se puede recurrir una sentencia en la que no estás de acuerdo:

  • Ejecución provisional

    La sentencia queda en suspense una vez se recurre.

Si no hay recurso la sentencia es firme y ejecutable.

Si la sentencia es firme el hecho litigioso se convierte en cosa juzgada y no se puede volver a juzgar.


Interpretación y aplicación de normas jurídicas


Derecho procesal


El Derecho Procesal es aquel conjunto de normas del Derecho objetivo que regula el proceso, es decir, que regula los requisitos, el desarrollo y los efectos del proceso.

El poder judicial está regulado por dos artículos, 1.7 del CC y el artículo 117.1 de la CC.

El artículo 1.7 dice que jueces y tribunales tienen derecho inexcusable de interpretar las normas jurídicas y dictar sentencia.

El artículo 117.1 dice que la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Reí por los jueces y tribunales.

Estos dos principios provocan


  1. La separación de poderes.
  2. Estado democrático.
  3. Los jueces son responsables.
  • El poder judicial:

La administración de justicia es jerárquica. El poder judicial está regulado por dos leyes la LOPJ y la LEC

  1. La LOPJ o ley orgánica del poder judicial


Regula el acceso a la cerrera judicial y la administración de justicia. Los jueces y magistrados son:

  1. Independencia→ Los jueces independientemente de su categoría, tienen que ser libres y no tener presiones en el momento de dictar una sentencia.

  2. Inamovilidad→ Tienen que verse libres respecto a los otros poderes del estado.

  3. Responsabilidad→ Según los artículos 117.1 de la CE y el 1.7 del CC los jueces y magistrados están obligados a dictar sentencia y responden a posibles errores en su sentencia.
  • Jerarquía


Se accede a la carrera judicial por merito y capacidad. Pueden ser jueces los graduados en derecho haciendo y superando satisfactoriamente una oposición pública.

El primer destino después de pasar la oposición es ser juez de primera instancia.
Este está en capitales de provincia o ciudades grandes. Son juzgados unipersonales. Principalmente se encarga de reclamaciones de cantidades, divorcios y derechos de familia.

A un nivel inferior al juez de primera instancia encontramos el juzgado de paz, principalmente en poblaciones pequeñas, no se oposita pero si se necesita ser licenciado, tiene competencias muy limitadas como el registro civil, defunciones o casamientos.

Después de varios años como juez de primera instancia puede subir de categoría por antigüedad y ser magistrado.

Estos tribunales se llaman AP (audiencia provincial)
. Están solo en las capitales y son tribunales de 3 a 5 miembros.

Después de acumular méritos y antigüedad se va a la audiencia nacional (no conoce casos civiles) y no se deja de ser Magistrado.

Competencias


  • Penal ( terrorismo, drogas, armas)
  • Internacional (delitos contra altos mandatarios)
  • Contencioso-administrativo ( contra el fisco, evasión de impuestos)

El último paso está dividido en 2


  1. Tribunal superior de comunidades Autónomas→ Es la máxima autoridad judicial en una comunidad autónoma. Se va si contradices una competencia de esa comunidad. El tribunal supremo no tiene nada que decir sobre las competencias de esa comunidad autónoma.

  2. Tribunal supremo→ Está en la misma categoría que el TSJ. El tribunal supremo actúa solo si esta impugnando una competencia estatal. Son 7 magistrados.

En todo ordenamiento jurídico (conjunto de normas) hay:

  1. Derecho público


    Regula las relaciones legales o jurídicas del individuo con el estado donde vive. No es voluntario. El derecho público se divide en:

  2. Derecho penal

    El estado sanciona las faltas de un ciudadano.

  3. Derecho fiscal

    Regula la contribución económica del individuo a favor del bien común.

  4. Derecho administrativo

    Relación del ciudadano con la entidad local a la que pertenece.

  5. Derecho procesal

    Regula la administración de justicia.

  6. Derecho internacional público

    Regulación entre diferentes estados.
  1. Derecho privado


    Regula las relaciones entre particulares. El derecho privado se divide en:

  2. Derecho internacional privado

    Conjunto de normas que regulan las relaciones entre ciudadanos de diferentes estados.

  3. Derecho laboral

    Relación jurídica entre trabajador y empresario.

  4. Derecho civil

    Relaciones jurídicas privadas entre ciudadanos de un mismo estado, es decir relaciones personales entre particulares. Esta rama se divide en 5 partes:

  5. Derecho de persona→ Regula relaciones privadas de individuos (muerte, nacimiento, matrimonio, patria potestad)

  6. Derecho de obligaciones→ Regula relaciones económicas o mercantiles entre personas.

  7. Contratos→ Relaciones entre dos partes contratantes con un fin común.

  8. Propiedad→  Como el derecho protege lo que es mío.

  9. Reales→ Regula el patrimonio de la persona.

Deja un comentario