18 Abr

El Empresario Individual

El empresario individual es una persona física que realiza una actividad por cuenta propia de manera habitual. De esta manera, asume todos los derechos y las obligaciones de la empresa.

Características:

  • Mayor de 18 años (o 16 y estar emancipado)
  • Responsabilidad ilimitada
  • No requiere capital mínimo
  • Impuesto a pagar: IRPF

Las Sociedades Personalistas

En las sociedades personalistas, las características personales de los socios son cruciales, ya que son quienes dirigen la empresa.

Características comunes:

  • Los socios gestionan la empresa.
  • No se puede transferir la condición de socio sin el consentimiento de los demás socios.
  • Responsabilidad ilimitada y solidaria.

La Sociedad Colectiva

Es la forma jurídica más simple dentro de las sociedades mercantiles. Los socios trabajan en la empresa y aportan el dinero y la gestión.

Características:

  • Mínimo 2 socios
  • Responsabilidad limitada y solidaria
  • No hay capital mínimo
  • Transmisión de la condición de socios restringida
  • Impuesto: Impuesto de sociedades

La Sociedad Comanditaria Simple

Similar a la colectiva, pero con dos tipos de socios:

  • Colectivos: Aportan capital y trabajan en la empresa.
  • Comanditarios: Solo aportan capital.

Características:

  • Mínimo 2 socios (uno colectivo y otro comanditario)
  • Responsabilidad ilimitada y solidaria para socios colectivos
  • Responsabilidad limitada para socios comanditarios
  • No hay capital mínimo
  • Transmisión de la condición de socios restringida
  • Impuesto: Impuesto de sociedades

La Sociedad Comanditaria por Acciones

La diferencia principal es que el capital aportado por los socios comanditarios está dividido en acciones.

Las Sociedades Capitalistas

En las sociedades capitalistas, lo importante es la cantidad de dinero que aporta cada socio, no sus habilidades.

Características comunes:

  • Los socios no tienen que gestionar la empresa.
  • Los socios pueden transferir su condición libremente.
  • Responsabilidad limitada al capital aportado.

La Sociedad Limitada (S.L)

Sociedad mercantil capitalista con capital dividido en participaciones iguales.

Características:

  • Mínimo 1 socio
  • Responsabilidad limitada al capital aportado
  • Capital social mínimo: 1 €
  • Transmisión de participaciones restringida
  • Impuesto: Impuesto de sociedades

La Sociedad Anónima

Sociedad donde el capital está dividido en partes iguales llamadas acciones.

Características:

  • Mínimo 1 socio
  • Responsabilidad limitada al capital aportado
  • Capital social mínimo: 60.000 €
  • Transmisión de acciones libre
  • Impuesto: Impuesto de sociedades

Tipos de Juntas:

  • Ordinaria: Aprueba la gestión de los administradores y las cuentas del ejercicio anterior.
  • Extraordinaria: Trata temas importantes o es solicitada por el 5% de los accionistas.

Las Sociedades de Interés Social

Creadas para la ayuda entre los socios. Las más habituales son las sociedades laborales y las cooperativas.

La Sociedad Laboral

Sociedades anónimas o limitadas donde los trabajadores son dueños de la empresa.

Características:

  • Mínimo 2 socios en la constitución
  • Responsabilidad limitada al capital aportado
  • Capital social mínimo: 60.000 € (SAL) o 1 € (SLL)
  • Transmisión de acciones y participaciones restringida
  • Impuesto: Impuesto de sociedades

La Sociedad Cooperativa

Sociedad formada por personas que se asocian para realizar actividades empresariales que satisfagan sus necesidades.

Características:

  • Mínimo 3 socios (primer grado) o 2 (segundo grado)
  • Responsabilidad limitada al capital aportado
  • Capital social mínimo según los estatutos
  • Impuesto: Impuesto de sociedades con bonificaciones
  • Sin ánimo de lucro

Tipos de Cooperativas:

  • De trabajo asociado
  • De venta
  • De consumo

Otras Formas Sociales

La Comunidad de Bienes

Surge cuando un bien o derecho pertenece a varias personas que lo utilizan para crear una actividad empresarial.

Características:

  • Mínimo 2 socios
  • Responsabilidad ilimitada
  • No hay capital mínimo
  • Impuestos: IRPF o Impuesto de sociedades

La Sociedad Civil

Contrato entre dos o más personas que desean realizar una actividad en común con ánimo de lucro.

Características:

  • Mínimo 2 socios
  • Responsabilidad ilimitada
  • No hay capital mínimo
  • Impuesto: Impuesto de sociedades

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