30 Jul

“Referenda” Consultivos Nacionales

Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.

“Referenda” Revocatorios

Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.

Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.

“Referenda” Aprobatorios de Leyes

Serán sometidos a referendo aquellos proyectos de ley en discusión por la Asamblea Nacional, cuando así lo decidan por lo menos las dos terceras partes de los las integrantes de la Asamblea.

“Referenda” Aprobatorios de Tratados

Los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales, podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por el voto de las dos terceras partes los y las integrantes de la Asamblea o por el quince por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.

“Referenda” Abrogatorios

Serán sometidas a referendo, para ser abrogadas total o parcialmente, las leyes cuya abrogación fuere solicitada por iniciativa de un número no menor del diez por ciento de los electores inscritos en el registro civil y electoral o por el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.


La Federación Descentralizada Hoy

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela  promueve la descentralización política y administrativa hacia los estados y hacia los municipios; al atribuirle a éstos, determinadas materias  que antes eran de competencia nacional.

Del Poder Público Municipal

“ Los municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la Constitución y de la Ley. La autonomía Municipal comprende:

1.- La elección de sus autoridades

2.- La gestión de las materias de su competencia

3.- La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.”

Del Poder Público Estadal


“Los estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena  y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional y a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes de la República.”

El Poder Público Nacional:


A) Poder Legislativo

B) Poder Ejecutivo

C) Poder Judicial

D) Poder Ciudadano

-El Consejo Moral Republicano:

-Defensoría del Pueblo.

-Fiscalía General de la República.

-Contraloría  General de la República.

E) Poder Electoral

A) COMPETENCIAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Corresponde a la Asamblea Nacional:

1.- Legislar  en  las  materias  de  la  competencia y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.

2.- Proponer enmiendas y reformas a la Constitución..

3.- Ejercer  funciones  de  Control  sobre  el  Gobierno  y  la Administración Pública Nacional..

4.- Organizar  y  promover  la  participación  ciudadana   en   los   asuntos   de   su competencia

5.- Decretar amnistías

6.- Discutir   y   aprobar   el   Presupuesto   Nacional   y   todo   Proyecto   de    Ley concerniente al régimen tributario y al crédito público.

7.- Autorizar los Créditos adicionales del Presupuesto


B)DE LAS ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA  REPUBLICA

Son  atribuciones  y  obligaciones del Presidente o Presidenta de  la República:

1.- Cumplir y hacer cumplir esta Constitución y la Ley

2.- Dirigir la acción del Gobierno

3.- Nombrar  y  Remover  al  Vicepresidente Ejecutivo o Vice Presidenta Ejecutiva; nombrar y remover los Ministros o Ministras.

4.- Dirigir  las  relaciones  exteriores  de  la  República  y  celebrar   y   ratificar   los Tratados, Convenios o Acuerdos Internacionales.

DE LA LEY HABILITANTE

El Artículo 236, numeral 8 de la vigente Constitución de la República faculta al Presidente o Presidenta de la República a dictar, previa autorización por una ley habilitante, Decretos con Fuerza de Ley.

C)DEL PODER JUDICIAL Y DEL SISTEMA DE JUSTICIA

“La  potestad  de  administrar  justicia  emana  de  los  ciudadanos  y ciudadanas y se imparte en nombre de la República y por autoridad de la Ley.

E) DEL PODER ELECTORAL

“El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente  rector;  y  son  organismos  subordinados   a   éste,   la   Junta Electoral  Nacional,  la  Comisión  de  Registro  Civil  y Electoral y la Comisión  de   Participación   Política   y    Financiamiento,   con   la organización   y  el  funcionamiento  que  establezca la ley orgánica  respectiva”.


EL ESTADO


El Estado es un ente jurídico filosófico que comprende el territorio, la población y el gobierno.

Elementos Fundamentales del Estado

el territorio, la población y el gobierno.

NACION

Conjunto de personas que pertenecen a un territorio de un determinado Estado y permanecen vinculados a una misma tradición histórica y a un mismo destino político.

PUEBLO

Está compuesto por generaciones, las cuales son pasadas, presentes y futuras.

POBLACION

Conjunto de personas que se encuentran en un determinado territorio y que pueden ser diferenciadas y contadas; por ejemplo, mediante el censo.


TERRITORIO

El territorio y demás espacios geográficos del Estado son:

-SUPERFICIE DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL

-ESPACIO AEREO

-SUPERFICIE CONTINENTAL

-MAR TERRITORIAL

El Poder Público


Es la facultad del Estado que   le   permite   dictar  normas obligatorias  y ejecutar las mismas   para   regular    la   convivencia social  dentro de su territorio.

PRINCIPIOS GENERALES DEL PODER  PUBLICO

1.- Principio de Legalidad:


“Son las atribuciones  de los órganos que ejercen el poder público y cuyas actividades  deben sujetarse  a  la Constitución y  a  las Leyes”.

2.-  Principio  de  Nulidad  de  los actos emanado de una autoridad usurpada:


“Toda autoridad  usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.”

-Usurpación de autoridad

-Usurpación de funciones

3.- Principio de responsabilidad de los funcionarios:


“El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad  individual por abuso o desviación de poder  o por violación de la Constitución o de la Ley”.

El Poder Público  y su Distribución:


-Poder público Municipal

-Poder público Estadal

-Poder público Nacional

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