08 Dic

  1. RIESGOS EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO INTERNACIONAL


Estos riesgos se centran en los movimientos de capital ene l exterior y en la exportación, debido a la fuerte necesidad de inversión que exigen, y que comprometen no solo el coste directo de las materias primas y los gastos de fabricación de las mercancías que van a ser enviadas, sino también los costes de la estructura necesaria para la actividad y los costes financieros que le son asociados directa o indirectamente.

El estudio de los riesgos debe contemplarse bajo dos perspectivas:

  • La perspectiva legal, imprescindible para la contratación de las coberturas.
  • La perspectiva de una buena gestión empresarial, orientada al crecimiento y el desarrollo.
    1. RIESGOS POLÍTICOS


Lo primero que hay que tener en cuenta es la estabilidad política que tenga el país de destino, esto vincula también la estabilidad jurídica y tributaria, imprescindible para establecer y ejecutar contratos sólidos y confiables.

Las tensiones políticas, si son extremas y fuera del orden, pueden provocar retrasos en las entregas de mercancías. En casos más graves puede haber robo. Las situaciones de guerra y violencia suponen una fuerte barrera a la normalización del comercio y son la principal causa de riesgo político.

Los riesgos políticos se definen como:

  • Los que tienen su origen en las actuaciones y decisiones de las instituciones públicas extranjeras que sean causa de omisión o retraso prolongado de transferencia de los fondos objeto de la deuda.
  • Los conflictos armados y la violencia política en un país extranjero, origen de la falta de convertibilidad de la moneda y de generar problemas de transferencia de capitales.
  • Los acontecimientos políticos o económicos que produzcan una situación de insolvencia general del país.
  • La falta de cumplimiento de compromisos de entidades oficiales y compradores públicos.
    1. RIESGOS COMERCIALES


Son aquellos susceptibles de generar pérdidas derivadas de la falta de cumplimento de los compromisos asumidos por los deudores privados.

En la fase previa a la expedición de bienes o prestación de servicios, existe el riesgo de resolución de contrato, en este caso el cliente extranjero toma la decisión unilateral de cancelar el contrato antes de su ejecución, esto obliga al exportador a liquidar los productos o mercancías en fase de fabricación con fuertes pérdidas. El exportador debe prevenir con cláusulas de penalización y con pólizas de seguro.

Por otro lado, tenemos el riesgo de crédito, es el riesgo de que un cliente no pague la factura, está relacionado con la solvencia del deudor por unas circunstancias financiera temporales o por una situación de quiebra.

    1. RIESGOS EXTRAORDINARIOS


Son aquellos susceptibles de generar pérdidas a las empresas exportadoras titulares de las coberturas derivadas de:

  • Desastres por fenómenos naturales.
  • Catástrofes, consecuencia de errores técnicos o humanos producidos de forma accidental o combinados con fenómenos naturales.

Esto se cubre con pólizas de seguro e incorporadas a los costes de las operaciones internacionales.

  1. CONTRATO DE SEGURO DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN


Sirve para cubrir los riesgos en las operaciones de comercio internacional, constituido por un conjunto de coberturas por cuenta del Estado. Gracias a esto se consigue una combinación de instrumentos bancarios y de seguro a lo que la empresa exportadora puede optar para cumplir con sus objetivos.

Operaciones de internacionalización:

  • Exportaciones de bienes o servicios.
  • Operaciones de inversión directa en el exterior.
  • Financiación de las operaciones.
  • Garantías de las operaciones.
  1. CESCE


Agencia de crédito para la exportación española. Es una empresa de capital público y privado con la función básica de actuar como compañías de seguros especializada en el sector del comercio internacional, mediante el aseguramiento de las exportaciones. La misión de CESCE es cumplir con la obligación pública, con estricto cumplimiento de la normativa aplicable.

Servicios que ofrece:

  • Seguro de impago de deudas:


    Cubre el riesgo de impago de una venta de exportación. Se puede asegurar la totalidad de las ventas que se realicen en un periodo.

  • Servicio de risk management:

    Base de datos de alcance mundial donde la empresa puede evaluar cada uno de sus clientes extranjeros y seguir sus actividades, consiguiendo una estimación de sus riesgos.

  • Seguro de caución:

    Para cubrir las responsabilidades ante la Administración en los supuestos de incumplimiento de obligaciones de carácter legal o contractual.

  • Financiación:

    Línea de crédito dirigía a mantener la liquidez de la empresa, a través del producto financiero Fondo de Apoyo a Empresas, línea de crédito que financia las exportaciones hasta un 85% del importe.
  1. MODALIDADES DE PÓLIZAS PARA VENTA-EXPORTACIONES A CORTO PLAZO


  • Modalidad Pay per Cover:


    Posibilidad de cubrir el riesgo de aquellas exportaciones que la empresa considera críticas, con un coste variables en función de los riesgos.

  • Modalidad de Cobertura Individual:

    Si una empresa realiza únicamente exportaciones puntuales y discontinuas a países de bajo riego.

  • Modalidad Crédito Suministrador:

    Para exportaciones a corto plazo, cubre los riesgos de resolución de contrato y el de crédito.
  1. TIPOS DE PÓLIZAS PARA VENTAS INTERNACIONALES A MEDIO Y LARGO PLAZO


  • Cobertura crédito al comprador.
  • Cobertura del riesgo de ejecución de fianzas: Cuando el exportador aporta aluna fianza ante el contratista extranjero o autoridades del país donde se ejecutará el proyecto. Hay dos opciones:
    • Póliza a exportadores.
    • Póliza a fiadores.
  • Cobertura de obras en el extranjero: Para las constructoras españolas que han obtenido contratos en el extranjero de obra civil. Hay tres:
    • Cobertura del seguro de obras.
    • Cobertura del parque de maquinaria.
    • Cobertura del fondo de maniobra.
  • Cobertura de créditos de prefinanciación.
  • Cobertura de estudios de viabilidad.
  • Cobertura del riesgo de resolución de contrato: La póliza tiene una cobertura de 99% para riesgos políticos y 94% para los comerciales.
  • Cobertura de riesgos de operaciones especiales: Operaciones por intercambio de prestaciones.
  • Cobertura de inversiones en el exterior.
  1. PROEDIMEINTO DE DECLARACIÓN DE SINEISTROS E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS


El exportador asegurado debe informar a CESCE en un plazo máximo de 20 días siguientes a la fecha en que ha sucedido el incidente.

CESCE abre un expediente con los datos disponibles y requiere al asegurado que presente la documentación que justifica el siniestro en un plazo de 30 días.

Una vez entregada la documentación, el asegurador comprueba que se ha producido cualquiera de las situaciones previstas en la póliza contratada y se han cumplido todas las condiciones en términos de plazos.

En caso de conformidad, CESCE realiza el pago de indemnización dentro de los 30 días siguientes al momento de acreditación del siniestro.

Después del pago de la indemnización, CESCE se subroga automáticamente los derechos de cobro y se convierte en el acreedor de la deuda pendiente, a todos los efectos.

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