10 Mar

tema6.

Negociación Colectiva y conflictos colectivos

Convenios colectivos :
Acuerdo entre empresarios y Trabajadores (asociaciones representaciones colectivas). Finalidad: mejorar lo Establecido por ley o lo no regulado.

Consecuencia:

diferentes tipos de Convenios colectivos: estatutarios y extraestatutarios

convenios colectivos estatutarios:- eficacia normativa,¡; Exigible en la jurisdicción social, sanción por la lisos.    – eficacia personal general

Convenios colectivos extraestatutarios:- eficacia Contractual/normativa: discusión    – Eficacia personal limitada

Pactos o acuerdos de empresa


: acuerdos Informales, que en todo caso tienen que ser negociados con la representación de Los trabajadores y tendrán eficacia normativa y general en la empresa.

1.1.-convenios colectivos estatutarios

Los convenios colectivos, como resultado de la negociación desarrollada Por los representantes de los trabajadores y de los empresarios, constituyen la Expresión del acuerdo libremente adoptado por ellos en virtud de su autonomía Colectiva,regulan las condiciones de trabajo y de productividad

El procedimiento de negociación


Iniciativa: Cualquiera de las partes legitimadas; escrito2.
Deber de negociar de la parte receptora, contestar en plazo De un mes; si no se plantea conflicto colectivo.
3.
Constitución de la mesa negociadora.

4

Deber de negociar de buena fe: si no: posibilidad de huelga, Procd, de tutela de la libertad sindical, conflicto colectivo, sanción, Delito…

Contenido De los CC

Contenido mínimo obligatorio:Determinación de las Partes-Ámbitos personal, funcional, territorial, temporal-Procedimientos Para solucionar discrepancias-Forma y preaviso de la denuncia de su Vigencia Cláusulas normativas. Libertad de fijación del contenido Normativo: -Materias de índole laboral, profesional, económica.                                   

1.2.-convenios colectivos extraestatutarios

Se Llega:Por imposibilidad originaria: no hay representantes legitimados , Imposibilidad de llegar a un acuerdo.-Cuando las partes optan por esta vía, Pero siempre que se respeten los deberes de negociar, y de negociar de buena Fe.- Tiene eficacia contractual entre las partes.-No existe norma Alguna para la legitimación; exigíéndose tan sólo que se trate de Representantes de ambas partes.-Libertad del contenido de la negociación, y del procedimiento de negociación. Se exige el respeto a las leyes, al pio. De Igualdad y no discriminación.            

2.-la huelga

. Se reconoce el derecho a la Huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que Regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para Asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. (es Un derecho fundamental).

Procedimiento

La huelga será ilegal si no se Sigue el procedimiento:Declaración de huelga: Los representantes de los Trabajadores.;Constitución del Comité de Huelga; La publicidad de la huelga y Los piquetes.;esquirolaje.;Huelga con ocupación de locales. Modalidades Abusivas del ejercicio del d. De huelga.;El respeto de los servicios de Seguridad y mantenimiento.    

Finalización de la huelga

Por desistimiento de Los trabajadores . El cese habrá de darlo la representación de los Trabajadores.-Por acuerdo de las partes en conflicto ; el pacto que ponga fin a La huelga tendrá la misma eficacia que lo acordado en CC-Arbitraje obligatorio cuando La duración, las consecuencias de la huelga, las posiciones de las partes y el Perjuicio grave de la economía nacional.   

Efectos de la huelga legal

Sobre los trabajadores no Huelguistas:-Continúan trabajando y mantienen sus condiciones laborales-Continúan Trabajando con cambio en sus condiciones de trabajo. El empresario puede Utilizar su poder de dirección para que hagan otras tareas; pero se prohíbe el “esquirolaje interno”.-No continúan trabajando pero acuden a la empresa y Permanecen a disposición del empresario o están en sus casas. Mantienen sus Derechos salariales.  Sobre los trabajadores huelguistas:-Suspensión del contrato De trabajo,-No afecta a la duración del período de vacaciones, no se computa a Efectos de absentismo. 

Efectos de la huelga ilegal:-

Sobre los trabajadores No huelguistas; misma situación que en la legal.-Sobre los trabajadores Huelguistas-Es causa de sanción disciplinaria. -En cuanto a los salarios, hay Descuento proporcional-En cuanto a la Seguridad Social, Son los mismos efectos que la huelga legal                            3.-el cierre patronal
Es una medida de conflicto laboral de carácter colectivo Consistente en cierre total o parcial del centro de trabajo para impedir a los Trabajadores el acceso al mismo.

Causas:-

Notorio peligro de violencia para las Personas o de daños graves para las cosas.-Ocupación ilegal del centro de Trabajo.

Finalización:-

Desaparecidas las causas que lo motivaron el Empresario debe abrir el centro de trabajo.

Efectos:-

Cierre legal: mismos Efectos que la huelga legal.-Cierre ilegal: deberá abonar los salarios a los Trabajadores; posibilidad de sanción.

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