01 Jul

Proceso de formación y sanción de las leyes

  • Etapa iniciativa


    El proyecto de ley podrá ser presentado por cualquier miembro del PL o por el PE, del que emanan la mayor parte de los mismos, tanto cuantitativa como cualitativamente. Asimismo, a partir de la reforma de 1994, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para su reglamentación, existe la alternativa de la iniciativa popular. Existe una igualdad con respecto a las cámaras, de manera que el proyecto podrá ser presentado en cualquiera de las dos; ésta será la cámara de origen(la única excepción a esto son los proyectos presentados por iniciativa popular, las leyes de contribuciones y reclutamiento de tropas, ambos van a diputados, y las leyes de coparticipación, que van directamente a senadores). Una vez cumplimentada esta etapa, el proyecto toma estado parlamentariopara su posterior discusión.

  • Etapa de discusión

    En ella, participa únicamente el PL. Éste trabaja dividido en comisiones, grupos de legisladores que se especializan en una temática determinada, encargados de desglosar los proyectos y determinar su vialidad y necesidad de discusión. Aquí, se pueden dar varias situaciones:
    1. En la Cámara de origen se produce un plenario, se apruebael proyecto, y pasa a la Cámara revisora; ésta también lo apruebay pasa al PE para que lo examine y, en su caso, dicte un decreto que permita su promulgación.
    2. La Cámara de origen rechaza totalmente el proyecto, por lo que no podrá ser tratado nuevamente durante el año parlamentario.
    3. La Cámara de origen apruebael proyecto, pasa a la Cámara revisora y ésta lo rechazaen su totalidad; en este caso tampoco se podrá volver a discutir en el año.
    4. La Cámara de origen apruebael proyecto en el todo; la Cámara revisora también, pero le introduce modificaciones.
      En este caso, el proyecto regresa a la Cámara de origen; si ésta aceptara la reforma realizada, la ley pasa al PE para su promulgación, mientras que si no lo es: antes del ’94, podía pasar de una Cámara a otra un total de 5 veces, mientras que después de la reforma, el máximo de veces que puede pasar es de 3, por lo que ésta lo define. Se deben tomar en cuenta las mayoríascon que las decisiones fueron tomadas; si ambas eran mayorías absolutas, o 2/3 de votos, prevalece la voluntad de la Cámara de origen (cuando el proyecto proviene del PE, es determinante la Cámara en que haya mayoría a su favor).
  • Etapa de promulgación


    Es una atribución exclusiva del PE, que tiene la posibilidad de promulgar el proyecto sancionado u optar por el veto, su facultad de no aprobar la ley pasada por el Congreso. En este caso, se envía el proyecto a la Cámara de origen, que cuenta con el recurso de insistencia;
    Cuando tanto ésta como la Cámara revisora tengan 2/3 de los votos, el proyecto se hace ley directamente, sin que el presidente pueda vetarlo. Otra de las posibilidades es el veto parcial, permitido desde la década del ’60 por la Corte, siempre que éste no afecte a la esencia de la ley. Por último, se puede dar la promulgación tácita, en tanto se reputa aprobado por el PE todo proyecto que no sea devuelto dentro de los 10 días hábiles. 

En cuanto a este tema, existíó una discusión con respecto al art. 77, más precisamente su segundo párrafo. Por un error de publicación, en el Boletín Oficial, sólo se había incluido la primer parte de dicho artículo; se desató una discusión, entonces, acerca de cómo corregir tal error. Se determinó que el Congreso dictara una ley para incorporar el segundo párrafo, pero esto fue controvertido, porque técnicamente no puede reformar la CN; sin embargo, se entendíó que el objetivo no era modificarla, sino que buscaba corregir un error involuntario de la convencíón, agregando lo que ella había omitido.

La Auditoría General de la Nacíón

Se trata de un organismo que asesora técnicamente al Congreso, pero no pertenece a él, manteniendo su autonomía funcional. Su objetoes el control del desempeño y situación general de la administración pública, que sustenta el examen del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, a cargo del PL. Su composiciónse determina por ley, y consta de un presidente (designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores) y 6 integrantes (3 de cada Cámara; 2 pertenecientes al oficialismo y 1 a la oposición). Esta ley que reglamenta su creación y funcionamiento, deberá ser aprobada por mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara.

Sus funciones incluyen el control de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la administración pública, cualquiera fuera su modalidad de organización, y las demás funciones que la ley le otorgue. Intervendrá en la aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de fondos públicos.

Defensor del Pueblo

Es un órgano independiente instituido en el Congreso, con plena autonomía funcional. Su misiónes la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en la CN y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas, combatiendo la corrupción. Su duración es de 5 años, con posibilidad de nueva designación; la designación corresponde al Congreso con 2/3 de miembros presentes de cada Cámara. Goza de las inmunidades y privilegios de los legisladores.


El Poder Judicial

Es el único poder cuyos organismos se encuentran fuera de la capital. Es ejercido por una Corte Suprema de Justicia, compuesta por 5 miembros, y los demás tribunales inferiores, establecidos por el Congreso. En la CN de 1853se establecían 9 miembros y 2 fiscales; en la reforma de 1860, por la falta de dinero para su funcionamiento, se elimina el número de sus miembros, que será establecido por ley; en 1991, durante la presidencia de Menem se aumenta nuevamente a 9 miembros, pero más que a fin de lograr mayor agilidad, fue una movida partidaria para conseguir la mayoría automática. Durante su cargo en la legislatura CFK propone volver a disminuir el número de miembros de corte a 5, lo que resulta aprobado; como no podía despedirse a ninguno, se esperó a que se produjeran vacantes, que no fueron reemplazadas.

Los jueces de ambos cuenta con dos garantías: su inamovilidad, lo que les permite conservar sus empleos mientras dure su buena conducta, y la intangibilidad de sus haberes(la compensación determinada por ley no podrá ser disminuida mientras permaneciesen en sus funciones). En cuanto al presidente de la CSJN, éste tendrá una duración en el cargo de 3 años y será elegido según el reglamento lo determine, el cual es dictado por la misma Corte.

Para ser miembro de la CSJN es necesario ser abogado de la Nacíón con ocho años de ejercicio, y tener las calidades requeridas para ser senador. Su designaciónestá en manos del PE con acuerdo del Senado (2/3 de los miembros presentes), a propuesta del primero; se diferencian de los jueces inferiores, que serán propuestos por el Consejo de la Magistratura que, por concurso, examen teórico y práctico y una entrevista personal, presentará una terna vinculante, con candidatos que reúnen las condiciones necesarias, de la que se elige juez.

El Consejo de la Magistratura, se encuentra regulado por una ley especial sancionada por mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. Surge con el objetivo de atenuar el avance del poder político sobre el judicial (privilegio de intereses partidarios por sobre la idoneidad de candidatos). En la actualidad se encuentra compuesto por jueces de todas las instancias (3), representantes del PL (6), 1 representante del PE abogados de la matrícula federal (2) y personas del ámbito académico y científico (1), cuyos cargos tienen una duración de 3 años.

Los jueces de la CSJN sólo pueden ser removidos por juicio político; en cambio, los jueces de los tribunales inferiores serán removidos por las mismas causales que los diputados, por un jurado de enjuiciamiento integrado por legisladores, magistrados y abogados de la matrícula federal. Su fallo, irrecurrible, no tendrá más efecto que destituir al acusado. La parte condenada quedará sujeta a acusación, juicio y castigo conforme a las leyes ante los tribunales ordinarios.

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