29 Ene

.¿Qué es la administración institucional?

Conjunto de organiciones deque se sirven los entes territoriales para cumplir funciones concretas de servicio publico o de intervención administrativa, pertenecen al grupo de administraciones publicas no territoriales.

.¿Qué es el COI?

Órgano de decisión ultimo de toda cuestión suscitada por cualquiera de los componentes del MO (Movimiento Olímpico) relativa a este y a los juegos.

.¿Qué son los organismos autónomos?

Están dentro de las Entidades Estatales Autónomas las cuales tratan de: descentralizar para conseguir mayor eficacia, agilidad en la gestión y, a veces, la participación de los administrados, está compuesta por:
Organismos Autónomos
, Agencias Estatales y Empresas Públicas.

Organismos Autónomos

: administración que por su especialización gozan de personalidad jurídica propia y de un estatus especial.Realizan su actividad en ejecución de los programas específicos de un Ministerio, tendrán como finalidad la realización de actividades de fomento,prestacionales o de gestión de servicios públicos (CSD, adscrito al Ministerio de Presidencia, regulado en la Ley 10/1990 del Deporte).

4. ¿Qué es el estado social o de derecho?

Un Estado de Derecho es un Estado en el que la Administración y todo el Estado están sometidos a la ley (entendida la ley en sentido amplio como sinónimo de derecho)
.

5. ¿Qué es el derecho deportivo?

En conclusión podemos entender que deporte es toda actividad de contenido físico que se practica individual o colectivamente, libre y voluntariamente, conforme a reglas predeterminadas y en un marco competitivo (por reducido que sea), sea con ánimo de lucro, competitivo, lúdico o de mejora de la salud. Son asimilables las actividades intelectuales realizadas cumpliendo dichos requisitos, pero siempre que se exterioricen.Podemos por tanto definir el Derecho Deportivo como: el conjunto de normas, jurisprudencia, doctrina administrativa y científica, que regulan la actividad deportiva, o que tiene por objeto la ordenación de las actividades deportivas

Aunque es una rama especializada del derecho por la amplitud que tiene, no constituye o goza de autonomía plena.

¿Cuál es la ley del deporte actualmente vigente en España a nivel estatal? Define brevemente el objetivo de la misma.

la Ley actual tampoco define lo qué es deporte, (Ley 10/1990 de 15 de octubre del Deporte). En la Ley solo se encarga la CSD la función de reconocer la existencia de una modalidad deportiva (artículo 8,b) de la Ley 10/1990).

La vigente Ley del Deporte 10/1990, de 15 de octubre

  Esta norma constituye la segunda en el periodo constitucional de carácter general en materia deportiva, de ámbito estatal. Esta norma incide más profundamente en la distribución de competencias entre el Estado y las CCAA, ya que la Ley de 1980 adoleció de falta de experiencia en este sentido pues España solo contaba con dos años de experiencia en el Estado de las Autonomías.  En esta nueva norma también se pretende establecer una mayor diferenciación entre la regulación de la actividad deportiva y la de la educación física. 

El objeto de la Ley será (Exposición de Motivos):

   fomentar la práctica deportiva y ordenar su funcionamiento, cuándo este trascienda del ámbito autonómico   Reconocer y facilitar la actividad deportiva organizada a través de estructuras asociativas. Regular el espectáculo deportivo, considerándolo una actividad progresivamente mercantilizada. Destaca la creación de una Comisión Nacional contra la Violencia en el Deporte. La incorporación del Comité Olímpico Español, como asociación privada  además de la creación de la Comisión Antidopaje.


7. Articulo 148.1.19 CE


Con la aprobación de la CE en 1978, se introdujo un cambio radical en el marco normativo del deporte español:  positivizó el deporte (Art. 43.3)  modificó la concepción del derecho de asociación (Art. 22)  consideró al deporte como una materia asumible con carácter exclusivo por las CCAA (Art. 148.1.19)

8.Jerarquía y competencia en el ordenamiento jurídico Primera columna:

UE  en esa columna solo hay 2ºnivel: Decisión del consejo de 25 de abril de 2002 Segunda columna:
 ESTADO hay tres niveles:1ªnivel: 1.Constitución española de 1978——- 2.Instrumento de ratificación 2ºnivel: 1.Ley orgánica 7/2006 ——–2.Ley 10/1990 3º nivel: 1.decreto 2195/2004—-2.Orden 2 abril 1996—–3.Institución 88/1994 tercera columna:
CC.AA: hay dos niveles: 2ºnivel: -Ley 2/2002 y -Ley 8/1995 (están al mismo nivel) 3ºnivel:- decreto 44/2002 y -decreto 232/2006 cuarta columna:
NIVEL LOCAL 9.  Definición de ligas profesionales
Federaciones dentro de federaciones de las que forman parte. La Ley 1990 obliga a construir ligas integradas exclusivas y obligatoriamente por todos los clubes que participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal Como sucede también en las federaciones, las ligas profesionales tienen nuevos estatutos y reglamentaciones para regulación interna y funcionamiento en relación con la federación deportiva españolaLas ligas profesionales pueden decidir aspectos como: calendario, ascenso y descenso de los clubs, el arbitraje, órganos disciplinares, numero de jugadores extranjeros. Aparte por ley recoge 3 capacidades: organizar sus propias competiciones, estar controlado bajo las leyes establecidas y ejercer disciplinariedad

10. ¿Qué es el centro de alto rendimiento?


Centro de Alto Rendimiento de la RM: Para la realización de actividades prestacionales y gestión de servicios públicos en materia deportiva.  Anteriormente de propiedad regional, inaugurado en el año 1994 en Los Narejos Ley 7/2002, de 25 de junio, de creación de la empresa pública “Centro de Alto Rendimiento Infanta Cristina”, se configura como una empresa pública regional que tendrá forma de sociedad anónima y que tendrá como objeto la gestión integral de la instalación deportiva del mismo nombre y de los servicios complementarios a ella, en los términos que se determinen en sus estatutos sociales.

11. ¿Cuál es la función de la comisión antiviolencia?

Órgano encargado de establecer las medidas preventivas y de coordinación con todos los agentes implicados para erradicar la violencia en el deporte.

12. ¿Para qué competiciones es necesaria la licencia?

Respuesta: en competiciones deportivas de carácter oficial y de ámbito estatal.

13. Concepto derecho administrativo

El Derecho administrativo es una creación relativamente reciente, surge en la Europa continental como consecuencia del nuevo orden de relaciones constitucionalistas del S XVIII; en España, su aparición ha sido cifrada a partir de la Constitución de 1812. Al estudiar cualquier rama del saber es fundamental estudiar su concepto. Según GAMERO CASADO el Derecho Administrativo es el Derecho que regula la organización de las Administraciones públicas, el ejercicio que realizan de los poderes que se le confían, y su control judicial.


14. ¿Es la ley del deporte estatal 10/1990 una ley orgánica? Diferencia ley orgánica y ley ordinaria


No, es una ley ordinaria. Una ley en sentido general o material es una norma escrita o, aun mas amplio, se conoce como todo el sistema u ordenamiento jurídico positivizado;  en sentido formal es una norma escrita con una determinada categoría o situación jerárquica, emanada de una institución concreta Ley ordinaria: seria la ley actual tal cual, como tal, emanada del congreso y el senado estatal. Ocurre, no obstante que adoptan ciertas formas según se dirijan a alguna finalidad concreta, prevista  en la constitución. ( leyes de bases, de amortización, básicas, paccionadas y de transferencia o delegación) Le orgánica: algunas materias previstas en la constitución ( art81 constitución) necesitan ser aprobadas por una mayoría reforzada de las cámaras debido ala materia que tratan ( derechos fundamentales, etc.) no son jerárquicamente superiores, si no que  regulan una materia competencialmente mas importante que , en cierto modo, las  hace superiores. Son normas , por así decirlo súper protegidas por razón de la importancia de la materia que regulan. Los estatutos de autonomía tiene este carácter Ley autonómica: que es la ley ordinaria aprobada por la cámara legislativa autonómica, en el ámbito de sus competencias y para su territorio Ley art7

CSD


Art. 7 Ley 10/1990, Organismo Autónomo de carácter administrativo en ámbito de deporte Es un ente que se rige por el Derecho administrativo y al que se encomienda, en régimen de descentralización funcional y en ejecución de programas específicos de la actividad de un Ministerio, la realización de actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos, que ejerce directamente las competencias de la Administración general del Estado en el ámbito del deporte, y que está adscrito a la Presidencia del Gobierno Presidente (Organigrama), rango Secretario de Estado, nombrado por Consejo de Ministros. Competencias:
representa y dirige a este organismo, administra su patrimonio, concede subvenciones económicas a las entidades deportivas, celebrar contratos propios de su actividad y dictar en su nombre los actos administrativos.

Comisión Directiva, Integrada por representantes de la Administración del Estado, CC.AA., Entidades Locales, Federaciones Deportivas Españolas y personas de reconocido prestigio en el mundo del Deporte designadas por el Presidente del CSD. Es importante resaltar que sus actos ponen fin a la vía administrativa.

15. Principios de derecho comunitario. Principio de subsidiariedad y principio de proporcionalidad

El Derecho comunitarios basa su sistema jurídico, principalmente, en dos reglas o principios: 
Principio de subsidiariedad, según el cual la UE solamente actúa supletoriamente, es decir cuando la acción de los Estados no se ha realizado o no resulta la más idónea. La Comunidad no debe actuar más que cuándo un objetivo pueda conseguirse en mejores condiciones en el plano comunitario que en el de los Estados miembros (art. 5, párrafo 2º del TCE). 
Principio de proporcionalidad, según el cual las medidas adoptadas deben guardar consonancia con el fin que se quiere obtener. “Ninguna acción de la Comunidad excederá de lo necesario para alcanzar los objetivos del presente Tratado” (Párrafo 3º del art. 5 TCE).


16. Concepto reglamento comunitario


Reglamento: que posee alcance y efecto directo, inmediato y general, sin que sea necesaria norma interna alguna para su eficacia. El Reglamento se caracteriza por las siguientes notas:   alcance general    no tiene un destinatario concreto, sino todos aquellos sujetos que se encuentren en su campo de aplicación     obligatorio en todos sus elementos    y directamente aplicable 17. Administración corporativa. Deme un ejemplo en el ámbito deportivo
Dentro de las Administraciones no territoriales, la principal división es la que distingue entre: a) Corporaciones de Derecho Público: Son asociaciones profesionales, de base privada, pero con un fin público. Ordenan la actividad que cumplen y los fines que realizan, dictando las regulaciones necesarias para la protección de su profesión y la adecuada prestación del servicio y la deontología profesional de sus miembros. Pero sus miembros actúan como particulares a todos los demás efectos. Su estatus es peculiar, son independientes y tienen un régimen jurídico privado, pero, dado el fin público que cumplen, existen mecanismos de control más fuertes.  (Ejemplos:

Federaciones deportivas


18. Concepto de administración funcional (institucional o especializada) y clases

Administraciones no territoriales (Administración Institucional o funcional):


Son personas jurídicas públicas, tienen capacidad para actuar en el mundo del Derecho, se rigen por el Derecho Administrativo total o parcialmente y están sometidas a relaciones de tutela. No tienen el territorio como elemento de soporte de su actividad. Se rigen por el principio de la especialidad, es decir, sólo pueden actuar con los fines concretos que hayan sido identificados específicamente determinados en la Ley. Características: 1.) Personas jurídicas diferenciadas 2) Se rigen por un estatuto de Derecho público 3) Están sometidas a relaciones de tutela y no de jerarquía 4) Se adecuan al principio de especialidad y de competencias 5) A través de ellas se descentralizan funciones y servicios. Desarrollan actividades concretas 6.) Sólo tienen potestades limitadas: no tienen potestad tributaria, pueden adquirir bienes y servicios mediante la celebración de contratos pero no pueden obtenerlos mediante el ejercicio de la potestad expropiatoria; en principio, tampoco tienen la potestad de dictar normas generales, etc. Clases:  a) Corporaciones de Derecho Público: Son asociaciones profesionales, de base privada, pero con un fin público. b) Fundaciones: son la personificación de un patrimonio  para fines concretos, en nuestro caso, de carácter público. c) Entidades Estatales Autónomas: tratan de descentralizar para conseguir mayor eficacia, agilidad en la gestión y, a veces, la participación de los administrados, está compuesta por: Organismos Autónomos, Agencias Estatales y Empresas Públicas.


19. Concepto reglamento. Tres ejemplos de tipos


Podemos definir el Reglamento como aquella norma escrita, con rango inferior a la ley, dictada por la Administración Pública o por los órganos jurídico-públicos que la tengan atribuida legalmente.  Esta definición de carácter general no puede hacernos perder de vista la inexistencia de una forma reglamentaria única, sino que existen una pluralidad de manifestaciones reglamentarias. EJECUTIVO: es aquel que detalla, desarrolla o complementa los preceptos legales, o bien prepara la ejecución propiamente dicha disponiendo los instrumentos técnicos necesarios.  INDEPENDIENTES: son aquellos dictados en ausencia de una ley que les ofrezca cobertura.  DE NECESIDAD: se justifican por la necesidad de una respuesta rápida ante determinadas circunstancias excepcionales de emergencia, no pudiendo respetarse los cauces habituales de producción normativa debido a la necesidad de ofrecer una respuesta urgente a estas circunstancias.

20. Concepto de directiva comunitaria

Derecho derivado ……………….b) Directiva: normas-resultado que constituyen un importante elemento de armonización de las legislaciones de los Estados miembros por cuanto les otorga libertad en los medios y la forma para llegar al fin que prevén. En consecuencia, requieren una posterior actuación de los Estados para transponer su contenido al Derecho interno. tiene un destinatario concreto y exclusivo: el Estado miembro sólo obliga en cuanto al resultado, dejando a los Estados margen de apreciación para elegir la forma y los medios; no tiene efectos directos. 

20. Concepto de administraciones territoriales y clases

Administraciones territoriales (Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Comunidades Autónomas y Administración General del Estado)

21. Clases de administraciones publicas no Territoriales: Administración Institucional:

conjunto de organizaciones de que se sirven los entes territoriales para cumplir concretas funciones de servicio público o de intervención administrativa.

Organismos Autónomos:

Organismo Público, creado en ejecución de los programas específicos del Ministerio tendrán la finalidad de realizar actividades de fomento, de gestión de servicios públicos.(in salud)

Entidades Públicas Empresariales:

función de realizar actividades prestacionales, la gestión de servicios públicos o la producción de bienes de interés público rigiéndose por el Derecho privado.(sitios históricos)
Sociedades Mercantiles Estatales, regidas por el derecho privado, salvo en la normativa presupuestaria, contable, control financiero y contratación, y que en ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública(correos).


22.  Federaciones deportivas:

Las federaciones deportivas son entidades privadas, con una personalidad jurídica propia y un ámbito de actuación, es decir, el conjunto del estado en el desarrollo de competencias que le son propiasLas federaciones deportivas  están entregadas por: clubes, deportistas, técnicos etc.… en resumen colectivos que promueven , practican o contribuyen al desarrollo del deporteAlgunas de sus características son: naturaleza jurídica privada, AP delega funciones públicas de carácter administrativo. El estado aprovecha estas estructuras privadas,  entregándoles el ejercicio de funciones, no la titularidad, las funciones se reserva a determinadas competencias para mantener el control.Para realizar una federación se necesita autorización previa y es obligatorio que el CSD apruebe sus estatutos. Requisitos mínimos: existencia de estatutos internos y el COI, intervención deportiva de la modalidad, implicación real de la modalidad en el país, solo una federación por comunidad La estructura: estatutos que regulen internamente y su funcionamiento, que se ajuste alas ley del deporte y sus reglamentos, estatutos publicados en el BOE.


23. COMISION ESTATAL ANTIVIOLENCIA


Ley 19/2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. órgano colegiado en el que participan la AGE, las CCAA y las Corporaciones Locales. Actualmente carece de desarrollo reglamentario. En el futuro previsiblemente adoptará la naturaleza de organismo autónomo adscrito al Ministerio. – ¿Cuál es la función de la comisión antiviolencia?  Resp: órgano encargado de establecer las medidas preventivas y de coordinación con todos los agentes implicados para erradicar la violencia en el deporte.


24. El CSD

 El CSD es un Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según la estructura aprobada por el reciente RD 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE, 16 de abril de 2008).

25 El RD 811/2007

La ley impulsa la necesidad de establecer instrumentos de lucha contra el consumo de sustancias prohibidas o el uso de métodos ilegales destinados a aumentar artificialmente el rendimiento de los deportistas. Se crea la Comisión Antidopaje. (Título VIII), estos apartados han sido sustituidos pos la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte. Y el RD 811/2007, de 22 de junio que regula la estructura, composición, función y régimen de funcionamiento de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y del Dopaje.

3 normas jurídicas del derecho derivado: (reglamentos, directivas y decisiones)


 Rglamento: posee alcance y efecto directo, inmediato y general, sin que sea necesaria la norma interna alguna para su eficacia. El reglamento se caracteriza por las siguientes notas: alcance general, no tiene un destinatario concreto,(en su campo de aplicación) obligatorio en todos sus elementos, y directamente aplicable.

Directiva: normas-resultado que constituyen un importante elemento de armonización de las legislaciones de los estados miembros por cuanto les otorga libertad en los medios y la forma para llegar al fin que prevén.

c) la decisión comparte las mismas  características que el reglamento, con la salvedad de la primera de ellas, pues no produce efectos generales.

Concepto disciplina deportiva

El sistema de normas que permite imponer sanciones, o revisarlas, por parte de los órganos investidos de potestad disciplinaria a los sujetos subordinados al ordenamiento jurídico deportivo, con fundamento en relaciones de sujeción especial, como consecuencia de la comisión de infracciones previamente tipificadas, y mediante los procedimientos legales previstos.

Club deportivos básicos

Su constitución requiere documento público y el cumplimiento de ciertas condiciones mas rigidas, que marca la ley. Para constituir un club deportivo básico, sus fundadores deberán inscribir el acta fundacional en el Registro de Asociaciones Deportivas. El acta deberá ser otorgada ante notario al menos por 5 fundadores y recoger la voluntad de estos de constituir un club con exclusivo objeto deportivo. El reconocimiento a efectos deportivos de un club se acredita mediante la inscripción en el Registro de asociaciones deportivas.Deben elaborar unos estatutos en los que debe constar como minimo: denominación, objeto y domicilio del club,b) requisitos y procedimiento de adquision y perdida de la condición de socios, c) derechos y deberes de los socios, d) órganos d gobierno y de representación y y régimen de elección(principios democráticos). E) régimen de responsabilidad de directivos y socios. F) régimen disciplinario, g) régimen económico financio y patrimonial, h) procedimiento de reforma de sus estatutos,i) régimen de disolución y destinos de los bienes.

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